Sigue la polémica por la decisión de Bonadio de no compartir declaraciones
El 11 de abril de 2016, días después de que Leonardo Fariña se acogiera a la figura del arrepentido y declarara en el marco de la causa conocida como la “ruta del dinero K”, el juez Sebastián Casanello envió copias de su declaración a sus pares, Julián Ercolini, Daniel Rafecas y Marcelo Martínez de Giorgi, para que las incorporen a causas que estos llevaban adelante. En su resolución, de ocho páginas, Casanello señaló entonces que parte del relato de Fariña abarcaba hechos que ya estaban siendo investigados. El hecho fue importante para los otros expedientes y es un espejo en el que ahora debería mirarse el caso de los cuadernos de las coimas. Allí, esta semana los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo pidieron a la Cámara Federal de Apelaciones que revoquen la decisión del juez Claudio Bonadio de no compartir las declaraciones de los arrepentidos con otros magistrados.
Los fiscales dijeron que Bonadio habría incurrido en una “arbitrariedad manifiesta” porque la ley 27.304 “no establece prohibición alguna de que la declaración como acto jurídico pueda ser incorporado a otro expediente” y recalcaron la importancia de los tiempos que corren en otras causas que se abrieron primero.
Al momento de compartir la declaración de Fariña con sus pares, Casanello adelantó: “Es necesario hacer una digresión para poner en situación esa declaración. Fariña es imputado, no testigo. Esto quiere decir que no prestó juramento ni promesa de decir verdad, más allá de su acogimiento a la ley 26.683. Claro que esto no implica que no podamos albergar expectativas respecto de la utilidad de sus aportes para el éxito de la investigación, pero sí obliga, tal como lo señala nuestro código de procedimientos, a que se ordenen medidas de prueba para verificar si lo que dijo es real (art. 304 CPP). El tribunal está abocado a esa tarea, la que ha justificado el dictado del secreto de sumario”.