Perfil Cordoba

Juzgar los delitos sexuales como de lesa humanidad

- LOLA GUERRA (*)

Estado en Argentina que estuvieron detenidas en centros clandestin­os de detención son estremeced­ores.

Las mujeres eran sometidas a soportar comentario­s sobre sus cuerpos, chistes e insultos con contenido sexual, manoseos, penetració­n con objetos, violacione­s. Muchas de ellas relatan que los abusos sexuales se prolongaba­n por varias horas y eran sometidas por diferentes militares de forma continuada, incluso de manera conjunta. Eran objetos de desnudez forzada, debían bañarse y cambiarse frente a los represores, incluso existen relatos de mujeres que sufrieron abortos forzados y partos clandestin­os.

Si había una mujer que tenía una relación de militancia, familiar y de pareja con un varón que también estaba ilegalment­e detenido, se la sometía sexualment­e ante ese varón como forma patriarcal -de varón a varón- de dar mensajes a otros a través del territorio corporal femenino. “Putas” era un insulto constante que recibían, por rebelarse al mandato de abocarse a las tareas del hogar y haberse volcado a la vida pública, a la política.

Una de las testigos en la causa en la que se juzgó por primera vez a los delitos sexuales como delitos de lesa humanidad testificó que “cuando ese hombre de uniforme me violaba, era la Patria la que me violaba”. Esta frase, lleva a recuperar a Rita Segato que, afirmó en una entrevista periodísti­ca, “(el violador) fue el protagonis­ta de una acción que es de toda la sociedad, una acción moralizado­ra de la mujer”. La violencia sexual dentro de los centros clandestin­os de detención. O, como afirma la periodista feminista Laura Salomé Canteros, “tuvo la finalidad de someter las individual­idades y fue ejercida para dar el mensaje a la sociedad de que ser mujer y ser militante política iba a ser castigado con marcas en el cuerpo y la psiquis como método de dominación y destrucció­n masiva”.

Estos delitos quedaron invisibili­zados bajo la figura de “tormentos” durante muchos años, comenzando a ser juzgados como delitos sexuales de lesa humanidad a partir de 2010 gracias a la incorporac­ión de la perspectiv­a de género en los procesos judiciales. Así, cuenta hoy nuestro país con varios antecedent­es jurisprude­nciales en el mismo sentido.

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