Perfil Cordoba

La Cámara Federal revocó los procesamie­ntos de Stornelli y de D’Alessio en la causa por espionaje

- AGENCIAS

La Cámara Federal porteña revocó los procesamie­ntos del fiscal Carlos Stornelli y de Marcelo D’Alessio en el marco de la causa por espionaje ilegal derivada de la investigac­ión por el supuesto pago de sobrepreci­os para la importació­n del Gas Natural Licuado (GNL).

Los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, considerar­on que no existen pruebas que puedan determinar que tanto el fiscal como el falso abogado trabajaron en conjunto para perjudicar a los ex funcionari­os.

De esta forma, la Sala I del tribunal de apelacione­s de Comodoro Py sobreseyó a Stornelli y revocaron el procesamie­nto de D’Alessio, que había dictado a fines de 2019 el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla en Dolores.

El texto judicial dispuso “revocar el procesamie­nto de Marcelo Sebastián D’Alessio dictado el 6 de agosto de 2019, en lo que respecta a su participac­ión en el hecho denominado “GNL-Enarsa”, y disponer su falta de mérito.

El tribunal también ordenó “revocar el procesamie­nto del fiscal Stornelli dictado el 18 de diciembre de 2019, en lo que respecta a su participac­ión en las presuntas irregulari­dades funcionale­s vinculadas a la causa “GNL-Enarsa”, y disponer también su “sobreseimi­ento”.

El escrito de los tres integrante­s de la Sala I de la cámara afirma que “ni las circunstan­cias apuntadas ni las medidas de prueba producidas en el sumario permiten tener por acreditado el alcance del conocimien­to por parte de Stornelli sobre la supuesta ilegalidad de la informació­n obtenida por D’Alessio”.

En el caso del falso abogado, añadieron que su actuación, “no alcanza para determinar actos concretos de espionaje por parte del imputado”.

El texto judicial recordó además que previament­e, “la Cámara Federal de Mar del Plata había declarado la incompeten­cia territoria­l del Juzgado Federal de Dolores con relación al mencionado caso “GNLEnarsa”, al entender que correspond­ía al juzgado federal con asiento en esta ciudad continuar su tramitació­n”.

Y sumó que “en virtud de ello, esa alzada consideró que no le concernía analizar las conductas reprochada­s a los nombrados en dicho suceso; respecto del cual las respectiva­s defensas presentaro­n oportuname­nte sus recursos de apelación”. ▮

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CEDOC PERFIL BENEFICIAD­O. El fiscal recibió una buena noticia desde Comodoro Py.

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