Instan a la Municipalidad a realizar concursos y al Suoem a revisar sus prácticas sindicales
La demanda de una inspectora de tránsito muestra la violencia verbal que se dispensan en el trato los trabajadores que dependen de la Dirección de Tránsito. El contexto de ese ambiente hostil está caracterizado por la ausencia de jefes designados. El grem
La jueza de Violencia de Género de 4ª Nominación, Mariana Wallace, emitió un fallo en la demanda que interpuso la inspectora de tránsito Noemí Piedra contra tres compañeros del área, que depende de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Córdoba. Declaró que los trabajadores (sus nombres se omiten por el carácter reservado de la causa) ejercieron violencia psicológica y laboral hacia ella. Les ordenó hacer un tratamiento.
La jueza podría haber analizado exclusivamente la conducta de los empleados demandados, pero no se quedó en los comportamientos individuales sino que escudriñó e interpretó el contexto en el cual se suscitó el conflicto. Así, puso en evidencia el desmadre que provoca, por un lado la falta de jefes designados por concurso y, por otro, las conductas permisivas de los delegados gremiales del Suoem, que mantienen el statu quo para evitar sanciones.
Por ese motivo, en su resolución Wallace instó a la Municipalidad de Córdoba a “regularizar perentoriamente por concurso los cargos de jefes de inspectores municipales, lo cual permite que tal responsabilidad sea ejercida por quien tenga mayor idoneidad y habilidades de liderazgo constructivo”.
También exhortó al Suoem a que “revise sus prácticas sindicales, atento que, a fin de evitar las sanciones disciplinarias formales, habilita el ejercicio violento de la jefatura, absolutamente reñido con el Convenio 190 de la OIT”.
Ordenó, además, la realización de un taller para todos los inspectores municipales “a fin de identificar y erradicar la violencia que tienen naturalizada en el trato laboral, como así los perfiles de violencia de género que los atraviesan, aplicado a los casos cotidianos”.
En materia de violencia de género en el espacio laboral, hay dos posibles acciones de quienes son víctimas: pueden denunciar la situación y solicitar medidas de protección, que se mantienen en plazos perentorios mientras hay riesgo, y también pueden interponer demandas en las cuales los tribunales analizan
los hechos y llegan a una sentencia de fondo que determina si existió o no la violencia referida.
Esta segunda vía es la que eligió la inspectora municipal Noemí Piedra, patrocinada por la abogada Daniela Pavón. En marzo del año pasado acudió al Juzgado de Violencia de Género a cargo de Mariana Wallace, para denunciar a tres compañeros de la misma dependencia.
La magistrada ordenó medidas de restricción de contacto y prohibición de acercamiento y las puso en conocimiento del mantiene el statu quo en conflictos para evitar sanciones. La magistrada declaró que tres inspectores ejercieron violencia de género psicológica y laboral en perjuicio de una compañera. La defensa analiza si apela o deja firme la sentencia.
director de la Policía Municipal de Tránsito.
En la demanda entablada, Piedra relató un momento clave que evidenció el clima altamente hostil. Fue durante una asamblea realizada el 5 de marzo del 2022. Durante ésta, los tres trabajadores señalados pusieron a disposición de los participantes su renuncia como jefes, cargo que ejercían para diagramar turnos, pero sin un reconocimiento salarial ni designación por la falta de concursos.
La opción que plantearon era: o se va Noemí Piedra, a la cual definían como una persona “problemática”, o ellos se bajaban de la responsabilidad organizativa.
Esa situación desató una catarata de insultos hacia la trabajadora y en acusaciones recíprocas se manifestaron sospechas de vínculos
sentimentales y sexuales. La asamblea visibilizó al extremo el trato diario que se dispensaban.
Qué dice la sentencia.
Wallace sostuvo en la sentencia que “las descripciones de las partes y de los testigos dan cuenta de un tra- to desmesurada- mente hostil entre compañeros de trabajo, con o sin tareas de coordinación”. Advirtió que “los aspectos disciplinarios afectan por igual mujeres y varones: no son formales sino repercusiones en las asignaciones y condiciones de tareas”; también expuso que “el temperamento de la Sra. Piedra es fuerte, reactivo y según los testigos de los demandados, conflictivo”.
No obstante, la jueza aclaró que “no se debe esperar un perfil determinado, una víctima ideal para establecer que una persona puede haber sido afectada negativamente en el trabajo por su género”.
Y avanzó: “De la lectura de la causa se advierten dos factores que, literalmente, promueven ese trato violento al interior de la repartición de inspectores municipales. Un factor es aportado por la propia Municipalidad, ya que la falta de concursos impide que quienes ejerzan las funciones de jefatura tengan jerarquía para ello”.
“El segundo factor –continuó– lo aporta el propio gremio del Suoem, que en el afán de proteger a sus afiliados, impide que se los sancione. Todas estas conductas adoptadas por la denunciante, se toleraron durante años debido a la mediación del gremio para resguardar la fuente de trabajo de esta compañera (…), la asociación gremial no desarticula los disciplinamientos personales más gravosamente agresivos. Así surge que el gremio sabe de los maltratos disciplinantes”.
Al analizar la conducta de los tres demandados advirtió que actuaron en “tándem” y públicamente porque la persona señalada era mujer, mientras que si el trabajador a disciplinar era un hombre lo llevaban aparte.
“Una lapidación simbólica o un reproche privado según se trate de una díscola femenina (lo primero) o un díscolo masculino (lo segundo)”, dijo la jueza. Por eso concluyó que la denuncia de Piedra se enmarca en una cuestión de género.
La defensa de los tres trabajadores declarados incursos en violencia de género está a cargo del mismo abogado del Suoem, Carlos Didoni. El letrado señaló a este medio que analiza con sus asistidos si apelan el fallo.
Los tres inspectores declarados responsables de violencia de género laboral deben ahora asumir las costas del juicio (poco más de medio millón de pesos), hacer tratamiento y pagar la placa que se instalará en el centro de operaciones de la Policía Municipal de Tránsito que reza: “La violencia de género no es una opción”.
El fallo puso en evidencia la falta de jefes designados por
concurso.
La jueza remarcó las conductas permisivas de los delegados del Suoem