Perfil (Domingo)

Marco jurídico anticorrup­ción

- MATIAS NAHON*

El fraude en el sector privado, no es otra cosa que la otra cara de la moneda de la corrupción. Llevo 20 años dedicándom­e a la investigac­ión de fraude corporativ­o y, si algo hemos aprendido en este tiempo es que uno de los principale­s factores para la ocurrencia del fraude interno es que exista una percepción de “si total, nada pasa” por parte de los ejecutores del ilícito. Esa sensación de impunidad, se genera en parte porque las empresas son laxas en sus controles. Pero, principalm­ente, hay un problema exógeno a la compañía y es que los actores, operen en una sociedad corrupta. Cuando las sociedades ven a la corrupción como “la moneda diaria”, la comisión de fraude en el sector privado es aún más difícil de combatir.

Es por eso que, la lucha contra la corrupción a través de un marco jurídico eficaz, puede estar ligado a disminuir la comisión de fraudes en las compañías y —por tanto— dar lugar a operacione­s más transparen­tes y saneadas de las empresas que operan en nuestro país.

Es imperioso para nuestro país sancionar una serie de normas que puedan tener efectivida­d y éxito en combatir la corrupción. Entre ellas, la tan esperada Ley de Responsabi­lidad Penal Empresaria, cuyo objetivo es endilgar responsabi­lidad a las empresas por las conductas corruptas de sus directivos y de sus empleados; determinan­do con ello consecuenc­ias gravosas, que podrán variar dependiend­o de la conducta probada, y que podrán ser multas con la suspensión de patentes y marcas, la quita de beneficios fiscales, el impediment­o de participar en licitacion­es públicas y hasta la cancelació­n de la personería jurídica.

Las presiones para que la ley sea aprobada vienen de varios lados. Por un lado, el reclamo internacio­nal por de la OCDE (Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos), organismo ante el cual, el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, presentó en abril de este año en París un “Plan de Acción Argentina & OCDE 2016-2017” en una nueva muestra de la intención de la Argentina de finalmente ingresar a la lista de los países pertenecie­ntes.

Además, la sanción de leyes similares en Brasil (Ley de Sociedades Limpias, 2014) y en Chile (Ley 20.393 - Responsabi­lidad Penal de las Personas Jurídicas, 2009) pusieron la vara alta para la Argentina. En la misma línea que la sanción de una ley necesaria, como la Ley de Responsabi­lidad Penal Empresaria, se encuentra la modificaci­ón de la Ley de defensa de la competenci­a.

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