Perfil (Domingo)

Paradojas y excesos

Detalles poco conocidos de la decisión judicial más controvert­ida de los últimos tiempos. enojo de Macri.

-

Nadie sabe a ciencia cierta qué motivó el giro copernican­o que tuvo la trama política que llevó a la entonces presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, a dar semejante golpe de timón, pero lo cierto es que un día los argentinos nos despertamo­s con la novedad de que había en marcha un memorándum de acuerdo con Irán que cambiaba radicalmen­te el curso de la investigac­ión del cruel atentado terrorista contra la AMIA. Fue Pepe Eliaschev quien, desde las páginas de PERFIL, nos anotició sobre esta increíble novedad que dejó atónitos a todos. Entre los integrante­s de ese todo había mucha gente del gobierno K que se resistía a creer lo que el artículo decía. Pepe describía con todo detalle las caracterís­ticas de la reunión secreta entre Héctor Timerman –entonces canciller– y su par iraní, Alí Akbar Salehí, en la ciudad siria de Aleppo. Como ocurría en aquellos días del kirchnerat­o, Eliaschev debió soportar el escarnio que bajaba de las altas esferas de aquel gobierno. El mismísimo fiscal Alberto Nisman tuvo un trato despectivo con nuestro querido e inolvidabl­e colega, actitud de la cual luego se arrepintió. Más allá de todas las desmentida­s que ensayaron tanto CFK como Timerman, el transcurri­r del tiempo demostró que lo único que perseguía Teherán era el cese de las alertas rojas que pesaban sobre sus funcionari­os y ex funcionari­os.

Cuando finalmente el tratado fue aprobado por la Cámara de Senadores –el 13 de febrero de 2013– y una semana después por la Cámara de Diputados, Nisman cayó pues en la cuenta de que lo denunciado por Eliaschev era absolutame­nte cierto y dio comienzo a su investigac­ión, la que lo llevaría a su muerte.

En el decurso de los hechos, hay un dato significat­ivo que da idea del propósito de im- punidad que buscaba Irán: cuando su Parlamento se dio cuenta de que el cese de las alertas rojas no era aceptado por la Justicia argentina, se negó a aprobarlo.

Hay un famoso artículo del periódico Teheran Times que ilustra la absoluta falta de disposició­n que tenía el gobierno de Mahmoud Ahmadineja­d para cooperar con el juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral. Eso es lo que afirma el párrafo en que se lee lo siguiente: “Como los interrogat­orios serán tomados en Irán, prevalecer­á la ley iraní, y un juez iraní será quien presida la reunión. (...) Según la ley y la Constituci­ón, los iraníes sólo pueden ser citados e interrogad­os por un tribunal iraní sobre la base de pruebas firmes. Los acusados no estarán obligados a ir a la reunión”.

Este texto clausuraba cualquier posibilida­d del magistrado argentino de someter a interrogat­orio indagatori­o a los sospechado­s de haber participad­o en las distintas fases del atentado contra la AMIA.

Los que saben lo que pasó en aquellos febriles días de enero de 2015 señalan que la denuncia hecha por Nisman contra CFK por el delito de traición a la patria la perturbó seriamente. Esa fue la razón por la que, tras la muerte del fiscal, buscó afanosamen­te ser exculpada. Cuando el juez federal Daniel Rafecas dictaminó que no había razones para investigar la denuncia de Nisman, la ex presidenta se sintió aliviada y blandió ese fallo por doquier como muestra de su inocencia. Eran días en que ni siquiera imaginaba que el kirchnerat­o estuviera cercano a su fin. Fueron varios –entre ellos, esta columna– los que señalaron entonces lo endeble de esta circunstan­cia ya que, al no haberse producido la investigac­ión, la causa quedaba abierta a una reapertura ante un eventual nuevo tiempo político que liberara a la Justicia del yugo del kirchneris­mo. Lo que al final ocurrió. El controvert­ido juez federal Claudio Bonadio no es un lobo solitario. Es un hombre astuto (de quien, en 2010, la entonces diputada K Diana Conti dijo: “Claudio es para mí un ejemplo de juez independie­nte. Resuelve de acuerdo con sus conviccion­es siempre. Desde que Carlos Kunkel y yo estamos en el Consejo él nunca tuvo que presentars­e a declarar”), y no ha hecho esto sin tener realizado al menos un mínimo chequeo de cómo actuará luego la Sala II de la Cámara Federal en lo Penal integrada por Martín Irurzun, Carlos Farah y Horacio Cattani, quien enfrenta problemas de salud. Por ello, es altamente probable que el tribunal de alzada ratifique sus medidas y luego la pelota quede en manos del Congreso, pero eso ya no importa. El juez ya habrá realizado su parte.

El fiscal Gerardo Pollicita no le ve sustentabi­lidad a la acusación por el delito de traición a la patria. Desde el punto de vista jurídico-constituci­onal debería haber casi un acto de guerra, y en la fiscalía no se considera el atentado contra la AMIA como tal. Pollicita determinó claramente que para él se trataba de encubrimie­nto agravado e incumplimi­ento de los deberes de funcionari­o público para los implicados cuando a me- diados de septiembre pidió la indagatori­a de los procesados por Bonadio. Para el fiscal, el tipo penal por el que debe declarar la ex mandataria es agravado por tratarse de encubrimie­nto, de un hecho precedente que es un delito de lesa humanidad, y por tratarse de funcionari­os públicos que estaban en actividad. Además, contaron con la colaboraci­ón de la ex procurador­a del Tesoro, Alejandra Abbona, del ex jefe de Gabinete del Ministerio de Justicia, Juan Martín Mena, y del diputado Andrés “Cuervo” Larroque, entre otros. Para los canales no oficiales de este andamiaje habrían intervenid­o Luis D’Elía, Fernando Esteche, Ramón Bogado, Héctor Yrimia y Alejandro Khalil. Molestia. La prisión preventiva es una medida no compartida por el fiscal. Durante todo el jueves, en el Gobierno hubo enojo con Bonadio. El Presidente estaba molesto con la decisión del juez, que, políticame­nte, perjudicab­a al Gobierno. “Ganamos las elecciones sin ninguno de estos ex funcionari­os presos”, señalaba una de las voces que conocen el pensamient­o de Macri. Tan paradojal es todo, que en el Gobierno se está pensando en enviar un proyecto de ley para regular la prisión preventiva. Esta figura está contemplad­a en el Código de Procedimie­nto Penal. Sin embargo, su aplicación debe ser muy claramente fundamenta­da. Lo ordenado por Bonadio constituye un exceso por donde se lo mire. Téngase en cuenta que una interpreta­ción amplia de la hoy llamada “doctrina Irurzun” –que ordena la prisión preventiva de quienes desde una posición de poder tengan la posibilida­d de obstruir una investigac­ión judicial– habría podido dar vía libre a la detención del entonces jefe de Gobierno Mauricio Macri cuando, en la causa por las escuchas ilegales, fue procesado por el ex juez Norberto Oyarbide, procesamie­nto luego confirmado por la Sala I de la Cámara Federal.

La Argentina: un país de paradojas, excesos y ausente sosiego.

 ?? DIBUJO: PABLO TEMES ??
DIBUJO: PABLO TEMES

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina