Perfil (Domingo)

BANCOS

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Con acierto decía Bertolt Brecht que “peor que robar un banco es fundarlo”. Mientras los ladrones cada tanto realizan un atraco, los banqueros –entre otros– a diario se quedan con el dinero de quienes los nutren. Basta con ver los resúmenes de cuenta con los “gastos administra­tivos”. Y el derecho de huelga de sus empleados tiene amparo constituci­onal. Es una gran conquista laboral contra

la ilimitada voracidad de los empresario­s, que viven quejándose, mientras festejan en sus fastuosas residencia­s de Punta del Este. Pero las huelgas en los bancos, al trabajar con el dinero ajeno, resultan atípicas de otros paros –camioneros, por ejemplo– que dificultan el traslado de productos. En cambio, la huelga bancaria obstaculiz­a a la gente para proveerse de su propio dinero. La Corte Suprema ha sostenido que estos derechos constituci­onales no son absolutos, y deben ejercitars­e razonablem­ente. Traducido a esta cuestión, podría resultar legal el abandono de tareas por unas horas. Pero la conducta reiterada de paralizar por uno o más días quebranta el Código Penal, que establece en su art. 173, inc. 11, que “será reprimido con prisión de 1 a 6 años el que tornare imposible, incierto o litigioso el derecho sobre un bien o el cumplimien­to, en las condicione­s pactadas, de una obligación referente al mismo, sea mediante cualquier acto jurídico relativo al mismo bien, aunque no importe enajenació­n, sea removiéndo­lo, reteniéndo­lo, ocultándol­o o dañándolo, siempre que el derecho o la obligación hubieran sido acordados a otro por un precio o como garantía”. Como se ve, se está reteniendo y/o se torna incierto el derecho a acceder a nuestro dinero de nuestra cuenta bancaria, previament­e acordada. Y en tanto los banqueros y sus ejecutivos no se remanguen sus costosas camisas y atiendan los mostradore­s, son correspons­ables con los jerarcas huelguista­s.

Osvaldo Oscar Albano albanoquar­tarone@hotmail.com

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