SANCIONAN EL PRIMER CÓDIGO ELECTORAL DE LA CIUDAD.
La ley crea el Instituto de Gestión Electoral y el Tribunal Electoral, y establece la paridad de género, la obligatoriedad de los debates e incorpora a los extranjeros al padrón.
La Legislatura aprobó el nuevo Código Electoral para la Ciudad de Buenos Aires, que crea el Instituto de Gestión Electoral y el Tribunal Electoral como organismos garantes del proceso eleccionario. La norma sancionada otorga al Jefe de Gobierno porteño la facultad de fijar la fecha de los comicios. Además, establece que se votará con boleta única en papel, sin descartar el uso de tecnología, y garantiza la paridad de género, la incorporación de los extranjeros al padrón y la obligatoriedad de los debates de los candidatos. Los diputados consideraron como una “sesión histórica” el día de la sanción del nuevo Código Electoral por tratarse del primero de la Ciudad. Además, destacaron que la ley equipara al distrito con la mayoría de las provincias del país, al darle la potestad al Jefe de Gobierno de unificar las elecciones locales con las nacionales. El Instituto de Gestión Electoral será el responsable de administrar y organizar los procesos electorales, y con el propósito de garantizar la transparencia de los comicios, será el que implemente, organice y controle las tareas de Observación Electoral. En tanto, el Tribunal Electoral administra justicia y dirime los conflictos que en materia electoral se susciten en el marco de la elección. En cuanto a la paridad de género, la normativa establece que las listas de todas las agrupaciones políticas que presenten precandidatos y candidatos a diputados y miembros de Juntas Comunales deberán ser conformadas con postulantes de diferente género de forma intercalada. Cuando las nóminas sean impares, la diferencia entre el total de mujeres y varones no podrá ser superior a uno. Acerca del uso de la boleta única, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Diego Marías, y la presidenta de la Comisión de Reforma Política Natalia Fidel (ambos diputados del bloque Vamos Juntos), aclararon que el voto y el escrutinio se harán en papel aunque se utilicen sistemas tecnológicos más avanzados.
Debates Públicos. La ley establece la realización de debates preelectorales públicos y obligatorios entre candidatos/as a Jefe/a de Gobierno, a Diputados/as y a Miembros de Juntas Comunales, que serán transmitidos en directo por todos los medios públicos audiovisuales y digitales en los que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenga participación. El Tribunal Superior de Justicia convocará a los candidatos respectivos y a los representantes de las agrupaciones políticas a las que pertenecen a participar de una audiencia para acordar el lugar y fecha de realización de cada debate, el reglamento por el que se regirá, la selección y modo de actuación de los moderadores que intervendrán y los temas a abordar.