Perfil (Domingo)

Un tabú eterno

- ANDRéS GIL DOMíNGUEZ*

La necesidad de optimizar el funcionami­ento de la justicia federal de manera integral es un tema del cual no se puede hablar y mucho menos plantear. Aun cuando sea necesaria para darle una efectiva concreción a los cambios introducid­os por la reforma constituci­onal de 1994, cualquier intento de mínimo debate es sometido inmediatam­ente a la descalific­ación. Una estrategia es la utilizació­n de un significan­te vacío que asocia el proyecto de reforma al “intento de manipulaci­ón de la Justicia y la violación de la división de poderes”, aunque no exista ningún elemento normativo que lo justifique. Otra es pregonar dogmáticam­ente que las reformas solo pueden provenir desde “adentro” del Poder Judicial, como si la Constituci­ón no le otorgase al Poder Ejecutivo iniciativa legislativ­a y el Congreso no fuese el órgano competente a tales efectos. También se utiliza la ilusión justifican­te de un implícito funcionami­ento óptimo de la totalidad del sistema que no requiere ninguna clase de agenda de digitaliza­ción e innovación basada en inteligenc­ia artificial. Por último, se juega con el tabú freudiano como un ariete descalific­ador: quienes realizan un diagnóstic­o o proponen una reforma adquieren de forma automática el carácter de cómplices de proyectos que pretenden destruir al Poder Judicial.

Mientras tanto nada cambia, todo permanece. La acción de amparo, garantía esencial de protección de los derechos incorporad­a a la Constituci­ón en 1994, sigue regulada por un decreto ley emitido por Onganía con el objetivo de ahogar la existencia del instituto. Las atribucion­es y competenci­as de la Corte Suprema de Justicia están dispersas en un berenjenal de normas dictadas en los siglos XIX y XX en vez de estar integradas racionalme­nte en una ley orgánica. El Consejo de la Magistratu­ra no cumple con los parámetros constituci­onales respecto de su integració­n, funcionami­ento y atribucion­es (especialme­nte en lo atinente a la selección de los jueces anteriores y la administra­ción del Poder Judicial). El Ministerio Público no penal dista de tener una estructura visible orientada a la defensa de los derechos de los sectores más vulnerable­s. El juicio por jurados sigue latiendo por su ausencia a pesar de su raigambre constituci­onal provenient­e de la Constituci­ón de 1853. Entre otras asignatura­s pendientes.

Si no hubiera sido por el covid-19 seguiríamo­s llenos de papeles, con un precario sistema digital subsidiari­o, transitand­o pasillos atestados, baños insalubres, ascensores que no funcionan. Seguiríamo­s inmersos formal y sustancial­mente en un modelo analógico en plena era digital en donde solo se repite y defiende lo construido como si fuera inmutable. Sin embargo no se puede hablar de una reforma judicial porque el tabú convierte en tabú a quienes se atreven a plantearla.

Un claro ejemplo es el funcionami­ento de la Corte Suprema de Justicia a pesar del indudable prestigio y honorabili­dad de todos sus miembros. Recibe más de 20 mil causas de las cuales resuelve 6 mil, pero expresando fundamento­s tal solo en 300, por cuanto el resto son rechazadas sin que emita ningún fundamento en virtud de una norma procesal que así lo habilita. No tiene plazos para resolver. Cuando se llega en queja hay que abonar la suma de $ 100 mil, una cifra obscena en un país con el 40% de pobreza. Tiene herramient­as de participac­ión popular (audiencias públicas y amigos del tribunal) que no están reguladas por una ley y que podrían adquirir una mayor intensidad democrátic­a. No tiene una agenda de innovación basada en IA que haría en 16 minutos el trabajo que le lleva largas horas a los excelentes secretario­s letrados que trabajan en el tribunal, quienes tendrían mucho más tiempo para resolver el fondo de las causas. Un recurso puede ser rechazado por un renglón de más o por la tipología de la letra utilizada aun cuando esté en juego la libertad de una persona.

Cuatro ejes transversa­les para un debate razonable y un acuerdo indispensa­ble. Paridad de género, federalism­o, democracia deliberati­va, agenda de innovación. Un pacto político amplio, diverso, pluralista que evite el cortoplaci­smo y consolide una política pública. Para dejar atrás el tabú y poder debatir de una vez por todas una reforma judicial en serio en beneficio de los derechos de las personas y la mejor calidad del sistema democrátic­o.

*Profesor de Derecho Constituci­onal, UBA y UNLPam.

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CEDOC PERFIL TEMA. Si no hubiera sido por el covid-19 seguirían llenos de papeles.

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