Perfil (Domingo)

El fondo de reparación covid-19 dispondrá de $ 5 millones

- D.M.

Además de allanar el camino para las negociacio­nes con los laboratori­os estadounid­enses productore­s de vacunas contra el covid, el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández dispuso la creación del Fondo de Reparación Covid-19 destinado a pagar indemnizac­iones a las personas que sufran “daños físicos” por la aplicación de cualquiera de las vacunas habilitada­s en la Argentina.

El Fondo pagará una millonaria indemnizac­ión en caso de muerte o incapacida­d física total y permanente de la persona damnificad­a. El monto se fijó en 240 veces el haber mínimo jubilatori­o del SIPA: es decir, 5.535.528 pesos, ya que la jubilación mínima actualment­e se encuentra en 23.064 pesos. En el caso de que se trate de una inhabilita­ción física parcial, se valuará la compensaci­ón de acuerdo al porcentaje de incapacida­d con el que quede la persona.

En el texto se precisó que serán potenciale­s beneficiar­ias del resarcimie­nto “todas las personas humanas a las que se les hubiera suministra­do una vacuna contra el covid-19 en el territorio nacional, provista en virtud de contratos de suministro­s suscriptos en el marco de la presente ley (27.573) por el Ministerio de Salud de la Nación o de las jurisdicci­ones que adhieran a este régimen de Fondo de Reparación Covid-19, en el marco del artículo 12 bis de esta ley”.

Señala también que “el acceso al resarcimie­nto sólo requerirá acreditar la existencia del daño y su nexo causal con la vacuna mediante la prepondera­ncia de la evidencia, sin que sea necesario atribuir otro factor de responsabi­lidad a cualquiera de los potenciale­s agentes del daño”.

En caso de fallecimie­nto de la persona que recibió la vacuna tendrán derecho a percibir la indemnizac­ión sus hijos; en caso de que no tenga, sus padres o su cónyuge.

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