El fondo de reparación covid-19 dispondrá de $ 5 millones
Además de allanar el camino para las negociaciones con los laboratorios estadounidenses productores de vacunas contra el covid, el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández dispuso la creación del Fondo de Reparación Covid-19 destinado a pagar indemnizaciones a las personas que sufran “daños físicos” por la aplicación de cualquiera de las vacunas habilitadas en la Argentina.
El Fondo pagará una millonaria indemnización en caso de muerte o incapacidad física total y permanente de la persona damnificada. El monto se fijó en 240 veces el haber mínimo jubilatorio del SIPA: es decir, 5.535.528 pesos, ya que la jubilación mínima actualmente se encuentra en 23.064 pesos. En el caso de que se trate de una inhabilitación física parcial, se valuará la compensación de acuerdo al porcentaje de incapacidad con el que quede la persona.
En el texto se precisó que serán potenciales beneficiarias del resarcimiento “todas las personas humanas a las que se les hubiera suministrado una vacuna contra el covid-19 en el territorio nacional, provista en virtud de contratos de suministros suscriptos en el marco de la presente ley (27.573) por el Ministerio de Salud de la Nación o de las jurisdicciones que adhieran a este régimen de Fondo de Reparación Covid-19, en el marco del artículo 12 bis de esta ley”.
Señala también que “el acceso al resarcimiento sólo requerirá acreditar la existencia del daño y su nexo causal con la vacuna mediante la preponderancia de la evidencia, sin que sea necesario atribuir otro factor de responsabilidad a cualquiera de los potenciales agentes del daño”.
En caso de fallecimiento de la persona que recibió la vacuna tendrán derecho a percibir la indemnización sus hijos; en caso de que no tenga, sus padres o su cónyuge.