Un alto tribunal cruzó a la Corte Suprema
El máximo órgano penal del país emitió un duro fallo a raíz del pedido de un represor. Y cuestionó una sentencia que limita la aplicación de resoluciones de la Corte Interamericana.
La Cámara Federal de Casación Penal falló ayer en contra del beneficio del 2x1 en un caso particular solicitado por un represor condenado por delitos de lesa humanidad. El máximo tribunal penal del país cruzó así a la Corte Suprema de la Nación, que hace un mes concendió la reducción de la sentencia a otro represor, argumentando que había que aplicarle la hipótesis de la ley penal “más benigna”.
El beneficio del 2x1 fue derogado en 2001. Permitía que a partir del segundo de detención se le computaran al imputado dos años de cumplimiento de la condena por cada uno que pasara encerrado. De esa manera, el condenado podía salir antes de prisión.
La Corte consideró hace un mes, por mayoría, que el represor civil Luis Muiña, condenado en 2011 a 13 años de cárcel por torturas y secuestros durante la dictadura, debía ser alcanzado por ese beneficio, en una interpretación jurídica que generó rechazo social y cuestionamientos desde el punto de vista legal.
La crítica más generalizada contra el fallo fue que los delitos de lesa humanidad no podían ser alcanzados por el principio de la ley más benigna. Tras la polémica, el Congreso aprobó en tiempo exprés una “interpretación” de la derogada ley que indica que de ninguna manera se puede conmutar pena o reducirla en delitos de lesa humanidad. Ayer, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal aprobó por unanimidad el rechazo a un recurso presentado por el represor Santiago Omar Riveros, ex comandante de los institutos militares en Campo de Mayo, condenado en 2009 a prisión perpetua por secuestros y asesinato durante el gobierno militar, que solicitaba el mis- mo beneficio que el aplicado a Muiña.
En duros términos, los camaristas Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Mariano Borinsky criticaron la setencia del tribunal supremo. Slokar, por ejemplo, opinó que otorgar ese beneficio en delitos de lesa humanidad implica ingresar “nuevamente en un pasaje de impunidad que se ha desandado durante los últimos veinte años a partir de la incorporación de los tratados de derechos humanos al bloque de constitucionalidad”.
También cuestionó –en la misma sentencia– otro fallo de la Corte que se desentiende de la aplicación de los juicios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un caso que involucró al CEO de Editorial Perfil, Jorge Fontevecchia. La CIDH había dicho que no debía cumplirse un fallo de la Corte local que condenaba a la Editorial a indemnizar al ex presidente Carlos Menem.
La sentencia de la Casación resalta el “irrenunciable compromiso del Estado argentino de sancionar adecuadamente las graves violaciones a los derechos humanos” ocurridas durante la última dictadura militar.
El fallo de la Cámara de Casación plasma la tensión con la Corte.
Para los jueces, dar el beneficio a represores es entrar en un pasaje de impunidad