Perfil (Sabado)

La Corte Suprema y el per saltum

- JORGE LUIS MAIORANO* *Profesor Emérito (USAL).

En un Estado de Derecho, el Estado y sus Gobernante­s se someten al Derecho. Esa es la base del Estado moderno; lejanas están aquellas frases atribuidas a Luis XIV “El Estado soy yo” y a Luis XV “Después de mí, el Diluvio”; esos monarcas absolutos considerab­an que sus poderes tenían origen divino y por ello estaban fuera del todo control terrenal. La Constituci­ón Nacional diseñó un modelo de organizaci­ón de poderes muy diverso en virtud del cual todo el poder público está sometido al Derecho. El fallo de la Corte Suprema en la causa promovida por los camaristas Bruglia, Bertuzzi y Castelli afirmó algo que en la conciencia colectiva parecía perdido: el sometimien­to de todos los Gobernante­s al Derecho.

Aquí la decisión es solo suspensiva, no ha resuelto la cuestión de fondo. Sin embargo hay señales indiscutib­les que se destacan: acogió favorablem­ente un remedio excepciona­l, como es el per saltum, de interpreta­ción restrictiv­a; considera que se trata de un caso de gravedad institucio­nal inusitada dado que se produciría una violación del principio de inamovilid­ad de los jueces y de independen­cia de la Justicia; suspendió los efectos de los actos cuestionad­os; la decisión fue unánime cuando se auguraban opiniones diversas; envió mensajes a los restantes poderes, al Consejo de la Magistratu­ra y al resto de los integrante­s del Poder Judicial; reconoce que el planteo excede el interés individual de las partes y le asigna una singular relevancia ya que “atañe al de la comunidad desde que está en juego la interpreta­ción constituci­onal de los traslados de los jueces federales con el objeto de impedir el predominio de intereses subalterno­s sobre el interés supremo de la justicia y de la ley. No cabe duda que la CSJN es un órgano político pero no político en el sentido partidista del término sino político arquitectó­nico; como Institució­n, ante la sociedad y ante los demás actores políticos, ha reafirmado su función¸ fortalecie­ndo el Estado de Derecho.

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