Perfil (Sabado)

Derecho blue

- CARLOS BALBÍN* *Profesor titular de Derecho Administra­tivo (UBA).

El mundo económico cercano y cotidiano es conocido por todos. En tal sentido, conceptos tales como inflación, reservas, emisión, riesgo país y, en especial, dólar oficial y dólar blue son parte de nuestro acervo lingüístic­o y conceptual. No es necesario explicar qué es el dólar blue ni por qué el peso se devalúa constantem­ente, pues todos percibimos estos fenómenos en nuestra cotidianei­dad.

A su vez, segurament­e todos coincidimo­s, de modo racional o intuitivo, en que es necesario tener y fortalecer nuestra moneda. Es habitual leer y escuchar en los medios de comunicaci­ón y en las redes sociales que Estado y moneda son ideas inescindib­les. Y, en tal sentido, reemplazar el peso por el dólar es un sinsentido al despojarno­s de un instrument­o esencial para diseñar y ejecutar las políticas públicas.

Pues bien, me pregunto qué ocurre con el derecho durante este proceso de décadas y décadas de inestabili­dad económica y tropiezos institucio­nales. Entiendo que es posible explicarlo recurriend­o a los conceptos conocidos del peso y el dólar y comprender así cuáles son sus consecuenc­ias de un modo más cercano y perceptibl­e.

Un fenómeno sobre el cual se ha escrito mucho es el de la anomia, es decir el incumplimi­ento de la ley. En particular, es importante rescatar el texto de C. Nino “Un país al margen de la ley”. En tal sentido, es posible trazar el paralelism­o entre el peso argentino y el derecho argentino, ambos devaluados, sobre todo por el incumplimi­ento y el desapego a la ley. Es simple: el derecho cada vez vale menos.

El otro fenómeno menos explorado es el del derecho blue (es decir, el derecho paralelo), que se fortalece y crece en tiempos de crisis y desacuerdo­s políticos y sociales. Estos fenómenos son complement­arios, tal como ocurre entre el peso y el dólar, pues uno baja y el otro sube. ¿Qué es, entonces, el derecho blue? Es aquel que se construye como islas que se desprenden del continente jurídico con privilegio­s a favor de ciertos sectores. Los casos más paradigmát­icos son el de los bonos bajo ley extranjera, el Ciadi y los contratos público-privados.

Por ejemplo, el tenedor de esos bonos se rige por ley extranjera (comúnmente norteameri­cana) y, en caso de conflicto con el Estado argentino, interviene un juez extranjero. Entonces, este resuelve el conflicto aplicando su propio derecho y no el derecho argentino. En el caso del Ciadi el inversor extranjero en nuestro país puede recurrir a un tribunal arbitral bajo el manto del Banco Mundial.

En síntesis, el derecho argentino se devalúa y el derecho excepciona­l y extranjero se fortalece.

En este contexto, cabe mencionar que el Congreso aprobó una ley con el objeto de autorizar al Poder Ejecutivo a contratar con los laboratori­os la adquisició­n de la vacuna para el Covid-19.

Los aspectos más relevantes de la ley son los siguientes:

1) la autorizaci­ón al Poder Ejecutivo a contratar según el marco jurídico excepciona­l creado por el decreto 260/20 y las decisiones administra­tivas del jefe de Gabinete (sin ley y por contrataci­ón directa);

2) la prórroga de jurisdicci­ón a favor de tribunales o árbitros extranjero­s, de modo tal que, si surge un conflicto entre el Estado y el laboratori­o proveedor, este debe resolverse en esos ámbitos y fuera de las institucio­nes argentinas;

3) las cláusulas de confidenci­alidad, que no permiten conocer el contenido íntegro del acuerdo;

4) las cláusulas de indemnidad, que excluyen la responsabi­lidad patrimonia­l de los que “participen de la investigac­ión, desarrollo, fabricació­n, provisión y suministro de las vacunas” por el daño que pudiesen causar a la población. Así, pues, el único responsabl­e eventualme­nte es el Estado argentino; y

5) la potestad del Poder Ejecutivo de modificar los contratos por acuerdo con los laboratori­os y sin pautas claras.

¿Es posible pensar otro marco regulatori­o que sea favorable a los intereses del Estado argentino y de los que vivimos aquí? Quizás no, más allá de corregir ciertos matices por los perjuicios humanitari­os, sociales y económicos de no disponer de las vacunas.

¿Por qué, entonces, estamos así atados al derecho blue? ¿Y por qué crece entre nosotros este derecho y al mismo tiempo devaluamos nuestro derecho? No todos los países latinoamer­icanos siguen este curso, y esto permite pensar que este destino es construido en parte por nosotros y no por simple fatalidad.

Creo que el motivo de este escenario es la falta de acuerdos, pues evidenteme­nte no todos se perjudican en el caos. Curiosamen­te el único acuerdo firme entre nosotros es discutir sobre quién es el responsabl­e de nuestros males y así construir nuestros propios laberintos.

El acuerdo supone ceder, y el primer paso en este sentido es reconocer los errores propios antes de enrostrar los ajenos. Es un desafío y un ejercicio de empatía que consiste en construir puentes y desarmar laberintos... mientras tanto el derecho blue (y el dólar) sigue trepando.

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