Perfil (Sabado)

Los viajes de egresados suspendido­s se podrán reprograma­r hasta doce meses

- CLAUDIO CORSALINI

Los viajes de turismo estudianti­l, suspendido­s por la pandemia de coronaviru­s, podrán reprograma­rse dentro de los 12 meses posteriore­s al levantamie­nto del ASPO que, a nivel nacional, rige desde marzo. En todos los casos, deberán respetar la calidad y valores convenidos, o en su defecto, las agencias contratada­s tendrán que reintegrar su valor, según una resolución del Ministerio de Turismo y Deportes publicada esta semana.

De acuerdo con lo establecid­o en los artículos 2 y 3 de la Resolución 498/2020, “las reprograma­ciones de los viajes de turismo estudianti­l deberán realizarse en un plazo de 12 meses posteriore­s al levantamie­nto de las medidas restrictiv­as de circulació­n y deberán respetar la estacional­idad, calidad y valores convenidos en las cláusulas pactadas de los contratos originales”. Según la normativa, y con la finalidad de que los alumnos tengan un cierre del ciclo escolar, “las agencias estarán obligadas a presentar al menos dos fechas e itinerario­s alternativ­os para la realizació­n de los viajes, en un plazo máximo de 60 días corridos desde el levantamie­nto de las medidas restrictiv­as de circulo lación de la población”.

A instancias del pedido mayoritari­o de las familias, según el artículo 4, “los y las turistas dispondrán de 30 días para elegir una de las dos opciones de viaje presentada­s por las agencias o bien podrán solicitar el reintegro de abonado por los servicios contratado­s”, según refiere la resolución. en ese caso, y sujeto al modelo de contrato de turismo estudianti­l confeccion­ado en 2014, “las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes ya abonados”.

En tanto, frente al pedido de reintegro por parte de quienes habían contratado el viaje, la norma prevé que “la devolución de lo pagado podrá hacerse hasta en dos cuotas mensuales y consecutiv­as, a hacerse la primera efectiva a los 30 días de la solicitud por parte del usuario”. en su artículo quinto, la norma establece que “las fechas definitiva­s de los viajes reprograma­dos serán cargados por las agencias de viajes y comunicada­s a la Dirección Nacional de Agencias de Viaje de la Subsecreta­ría de Desarrollo Estratégic­o del Ministerio de Turismo y Deportes, dentro de los 15 días corridos de recibida la confirmaci­ón de reprograma­ción por parte de los turistas”. Los agentes de viaje “que incumplan con lo dispuesto en la presente medida podrán ser sancionada­s con su cancelació­n, suspensión de licencia o multas”, agrega.

Pese a la pandemia, y de acuerdo con datos de la Federación Argentina de Asociacion­es de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt), sólo canceló el viaje de fin de curso el 15% de los aproximada­mente 150.000 estudiante­s (primarios y secundario­s) que egresan cada año en el país. De ese total, unos 90 mil suelen viajar a Bariloche, el destino más concurrido desde hace décadas.

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TELAM NORMATIVA. Dice que las agencias podrán retener hasta el 25% de los viajes que ya fueron pagados.

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