AFIP habilita moratoria para monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó ayer la adhesión a la moratoria para monotributistas. La herramienta prevista en la ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El servicio web para adherir a la moratoria para monotributistas estará disponible hasta el 30 de septiembre.
Los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago de obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. Para poder adherir a la moratoria, deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que se debitará cada una de las cuotas.
Para las categorías A a D, habrá hasta 60 cuotas y una tasa efectiva mensual de financiamiento de 1,25%. En tanto, para las categorías E a K y sujetos no inscriptos en el régimen simplificado, la cantidad máxima de cuotas será 48 y la tasa, 1,50%.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. El monto de cada una deberá ser igual o superior a 100 pesos.
La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión.
Las cuotas de la moratoria vencerán el día 16 de cada mes.