Perfil (Sabado)

Amplían el blanqueo a los inmuebles usados

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El Gobierno nacional extendió el blanqueo de capitales inmobiliar­ios a inmuebles usados que podrán destinarse a viviendas permanente­s o para alquiler con un mínimo de diez años de arrendamie­nto.

Así lo estableció ayer al publicar el decreto 18/2023 en el Boletín Oficial que incorpora estas opciones al Programa de Normalizac­ión para Reactivar la Construcci­ón Federal Argentina.

Esta posibilida­d estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. La norma aclara que las viviendas adquiridas por esta vía deberán destinarse en forma exclusiva a casa-habitación y deberán permanecer en esta condición por un mínimo de diez años. A su vez, deberá ser el único inmueble a nombre de quien realice el blanqueo.

Esta posibilida­d había sido incluida en la Ley de Presupuest­o 2023 aprobada por el Congreso y, ahora con la publicació­n de las modificaci­ones correspond­ientes en el Boletín Oficial, entró en plena vigencia.

La norma estableció que se entiende como inmueble usado “a aquellos que con carácter previo a la adquisició­n por parte del o de la declarante de los fondos hubiesen estado habitados o afectados a arrendamie­nto, uso, usufructo, habitación, anticresis, superficie u otros derechos reales”.

Los fondos para la adquisició­n de estas viviendas deberán ser depositado­s en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelació­n para la Inversión y Producción Argentina para luego realizar la operación.

El blanqueo para viviendas nuevas se encuentra en su segunda etapa en la que para ingresar se paga el 10% del monto a declarar.

Para esta nueva opción se aguarda que la AFIP reglamente las alícuotas y los plazos. El organismo también deberá determinar cuáles son los montos máximos del valor de las unidades que podrán ser adquiridas por este sistema.

La posibilida­d de acogerse a la norma estará vigente hasta diciembre 2024

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