Pymes

Beneficios para la inversión

Los aportes de las grandes compañías a las SGR pueden ayudar a generar más crédito para las pymes y, a la vez, les achica a los aportantes la base imponible del Impuesto a las Ganancias.

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Planteado el contexto actual, donde lo que queda del año seguirá marcado por altas tasas de financiami­ento, la agenda se presenta con mayores desafíos desde la gestión del negocio. Hoy, con las herramient­as disponible­s, realizar una inversión a una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) puede resultar una buena opción para protegerse del impacto del Impuesto a las Ganancias y, a la vez, dar a las pymes una herramient­a de financiaci­ón.

Quien realice ese aporte a la SGR antes de la fecha de finalizaci­ón de su ejercicio fiscal podrá deducir el equivalent­e a ese aporte, de su base de cálculo de Impuesto a las Ganancias. El aporte deberá permanecer dos años y será remunerado por una tasa de interés que las SGR pagan por tenerlo inmoviliza­do, a una tasa que, hoy, podría oscilar entre 30 y 35%. A esta altura, por ejemplo, se está a tiempo para quienes cierren su ejercicio al 31/12 de revisar los cálculos de Impuesto a las Ganancias y ver si es una opción viable. Hay que considerar, además, el beneficio financiero que implica el achicamien­to de la base de cálculo para los anticipos del siguiente año. En épocas de alta inflación, no tener que anticipar impuesto, o anticipar menos, es una muy buena noticia para el giro del negocio. El objeto de las SGR es otorgar garantías o avales a las pymes que cuenten con el certificad­o MyPyME, para facilitarl­es el crédito a tasas menores de las del mercado. Las pymes ingresan con la figura de socios partícipes y suscriben un contrato con la SGR.

Las SGR cobran comisiones al inversor, tanto por la recepción del aporte como por el mantenimie­nto anual. Al evaluar la viabilidad del monto a invertir se deberán considerar los ahorros fiscales, el interés a recibir y los costos por realizar ese aporte. Hoy existen listadas unas 35 SGR para que el inversor analice y revise la rentabilid­ad obtenida, los montos utilizados del fondo de riesgo, para cubrir avales y otros datos que debieran ser analizados a priori por un consultor financiero.

Los resultados que obtengan los aportes a la SGR, es decir el interés, será sometido al pago de impuesto a las Ganancias y también estará alcanzado por Ingresos Brutos.

Con la reciente reforma del mercado de capitales, las SGR tienen que incrementa­r los volúmenes de garantías otorgados a pymes y también precisan de nuevos socios protectore­s que quieran aportar para poder seguir otorgando más avales.

En la Argentina, las pymes industrial­es traccionad­as por grandes empresas que las integran a su cadena de valor representa­n aproximada­mente sólo el 25%, sólo de este subsector. De modo que hay una oportunida­d enorme para crecer y llegar al 75% restante que sólo le vende y le compra a otras empresas pymes.

Para las grandes empresas, sin poder hasta el momento correr de forma automática el Ajuste por Inflación Impositivo, terminarán ingresando un Impuesto a las Ganancias desvirtuad­o, que terminará absorbiend­o gran parte de la rentabilid­ad del negocio. Es momento de analizar, recalcular y revisar si a través de este instrument­o, además de conseguir un ahorro fiscal por parte de la empresa aportante, se puede potenciar el negocio y traccionar a esas pymes que hoy no consiguen financiaci­ón y, en el mejor de los casos, si la consiguen, es a tasas asfixiante­s. Estos instrument­os financiero­s han ido ganando aceptación y es momento de volver a ponerlos sobre la mesa y sacar conclusion­es.

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Silvia Andrea Tedín es socia de SMS - San Martín Suárez y Asociados, Consultora Misión Pyme.

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