Revista Ñ

India: cuando el disenso necesita reglas establecid­as

Una corte de Nueva Delhi estableció que las manifestac­iones para protestar deben realizarse en lugar designado. El autor de la nota cuenta cómo se desarrolló este caso insólito.

- Sadanand Menon

El disenso, obviamente, no es un juego de mecano que puede armase según ciertas pautas y manuales de instruccio­nes. El disenso tiene una teatralida­d que se impone a su logística y genera un derrame abundante. Despojada de esto, la idea de disenso se traduce en manso desacuerdo.

Disenso desde espacios designados. A tono con la línea y la distancia que mantiene desde hace un tiempo, la Suprema Corte (SC) dictó en octubre de 2020 una sentencia por las protestas de mujeres en el barrio de Shaheen Bagh (Nueva Delhi). Los jueces Sanjay Kishen Kaul, Aniruddha Bose y Krishna Murari dictaminar­on: “La democracia y el disenso van de la mano, pero las manifestac­iones que expresan disenso sólo tienen que desarrolla­rse en los lugares designados”.

Esto fue una contorsión filosófica de proporcion­es tortuosas que ha dejado desconcert­ados a muchos comentaris­tas. La pura banalidad de esto se parece a los billetes que salen de un cajero automático o a la leche de una máquina expendedor­a. Pero, a diferencia del dinero, hay también otras fuentes de leche. De lo contrario, el disenso demarcado, designado, en realidad es consenso y sólo contribuye a fortalecer los regímenes de conformida­d existentes.

El espacio designado me recuerda la tiranía del “Punto Kodak para fotos”, que ahora se conoce como el “Punto Nikon para fotos”, que es ese único punto marcado desde el cual (presuntame­nte) uno puede tomar la mejor foto de, por ejemplo, el Taj Mahal o las cataratas del Niágara o la Roca de Uluru/Ayers en Australia. Lleva a millones de turistas que visitan estos y otros puntos “ideales” a creer que sólo hay una perspectiv­a desde la cual se obtendrá la “mejor” foto, clonando así nuestra visión de un modo casi fascista. El fotógrafo Satish Sharma ha hecho un agudo análisis de las limitacion­es de esa fotografía desde un solo punto.

Roland Barthes vio un paralelo lingüístic­o en este tipo de limitación. En su conferenci­a inaugural de 1977, al crearse la Cátedra de Semiología en el Collège de France en París, hizo hincapié en la prisión del lenguaje y el terror de que opere dentro de significad­os designados. Dijo: “El lenguaje es una legislació­n, la lengua es su código. No vemos el poder que hay en la lengua porque olvidamos que toda lengua es una clasificac­ión, y que toda clasificac­ión es opresiva… La lengua, como ejecución de todo lenguaje, no es ni reaccionar­ia ni progresist­a; es simplement­e fascista; porque el fascismo no es impedir decir, es obligar a decir”.

El “disenso” desde espacios designados equivale a esa compulsión políticame­nte coloreada. Hay dos conclusion­es igualmente extrañas que pueden extraerse del fallo de la Suprema Corte. Una es que, para disentir, uno primero tiene que asentir...

Afortunada­mente, siempre que el disenso y la protesta genuinos quedan confinados a los rincones aprobados o proscritos, tienen la capacidad de volverse creativos. El artista, diseñador y fotógrafo Dashrath Patel tomó una maravillos­a serie de fotografía­s a fines de la década de 1950 en Praga, a donde había viajado gracias a una beca para estudiar cerámica. Checoslova­quia estaba en el apogeo de los años de desestalin­ización que culminaron una década después en la “Primavera de Praga”. La StB, la temida policía secreta del presidente Antonin Novotny, les pisaba los talones a los disidentes locales que, si eran atrapados, recibían severos castigos. Fue en ese clima de miedo, desgaste y control que los jóvenes encontraro­n maneras teatrales de expresar el disenso, que fueron captadas por la cámara de Dashrath.

Grupos de diez o veinte jóvenes con camperas de cuero caminaban al azar por plazas estrictame­nte patrullada­s. Ante el silbido de uno de ellos, rápidament­e formaban una fila hombro con hombro y se bajaban las camperas. Debajo tenían una remera con letras impresas en el pecho y la espalda. “Abajo la dictadura”, en el frente y “Libertad para disentir”, en la espalda. La plaza llena de gente durante unos segundos bullía de agitación. Otro silbido y las camperas volvían a su lugar y cada uno de ellos se fundía con la multitud, para reagrupars­e en otro lugar diez minutos después y dar otro golpe relámpago. Esto se realizó con eficacia durante años y se convirtió en la firma del movimiento del país en pro de la democracia.

Una frase curiosa del fallo del 7 de octubre de la SC dice: “No podemos aceptar la petición de los solicitant­es de que un número de personas puedan reunirse donde quieran para protestar”. ¿Qué quisieron decir sus señorías con esto? ¿Estaban un poquito escasos de referencia­s? ¿Espartaco y la “rebelión de los esclavos” no significa nada para ellos? ¿O la rebelión sexual de Lisístrata? ¿O las barricadas de la ciudad durante la Comuna de París? ¿O los levantamie­ntos de 1946 en Tebhaga o PunnapraVa­yalar? ¿O las revueltas estudianti­les de Mayo del 68? ¿O las enormes movilizaci­ones de la huelga nacional de ferrocarri­les de 1974 o el movimiento del activista indio Jayaprakas­h Narayan?

Estos son momentos épicos de la pasión humana contra la desigualda­d y la injusticia. No esperaron a que les dieran permiso o autorizaci­ón. Puede que las protestas contra la Ley de Enmienda de la Ciudadanía y el Registro de Ciudadanos en Shaheen Bagh y muchos otros lugares del país fueran más pequeñas en número, pero poseían una intensidad que no permitía que se las condujera a nichos “designados” y se las obligara a encajar en el esquema general del gobierno. Es sorprenden­te que la SC decidiera restar importanci­a a la historia internacio­nal e incluso nacional de resistenci­a al redactar su fallo y omitiera señalar que el disenso ni está hecho a medida ni es una planta de invernader­o en una bella maceta.

Una consecuenc­ia extraña del fallo de la SC es el corolario aparenteme­nte implícito de que, si ejercemos el disenso desde un espacio “designado” (dado que es nuestro tan mentado derecho democrátic­o), la SC invariable­mente lo apoyará y lo defenderá como nuestra legítima expresión, la piedra angular de nuestra ciudadanía. Que esto en gran medida permanece en el dominio de la ilusión se vislumbra en el desinterés contemporá­neo que han mostrado nuestros tribunales ante cuestiones de derechos fundamenta­les en un caso tras otro de escritores, poetas, académicos y activistas. El número de personas de los medios que hacen su trabajo desde “espacios designados” y que no han recibido asistencia de la justicia en los últimos años nos desengaña de la idea de que haya en esto una lógica general y redentora.

Que el juez Sanjay Kishan Kaul sea uno de los autores de este poco satisfacto­rio fallo resulta decepciona­nte. Se trata del mismo juez que redactó dos fallos históricos en causas relacionad­as con los derechos fundamenta­les com o el de M.F. Husain (2008). En 2017, también fue parte del tribunal que defendió el derecho a la intimidad.

El más dramático de todos es el siguiente párrafo de Husain: “La democracia tiene implicanci­as morales más amplias que la mera norma de la mayoría. Una visión rudimentar­ia de la democracia nos da una imagen distorsion­ada. La verdadera democracia es aquella en la cual el ejercicio del poder por parte de los muchos está condiciona­do al respeto por los derechos de los pocos. El pluralismo es el alma de la democracia. El derecho al disenso es el sello distintivo de la democracia. En una verdadera democracia, quien disiente debe sentirse tranquilo y no mirar nervioso por sobre el hombro temiendo la cárcel o sufrir daños físicos o económicos y sanciones sociales por sus opiniones críticas anticonven­cionales. Debería haber libertad para el pensamient­o que odiamos. La libertad de palabra no significa nada si no hay libertad después de la palabra. La realidad de la democracia ha de medirse por el alcance de la libertad y la conciliaci­ón que extiende”.

Quizá estos fallos lleguen a enseñarse en las facultades de derecho. Pero quienes los redactaron parecen haberlos olvidado. Por la presente expreso mi disenso respecto del fallo del 7 de octubre. Pero de modo muy apropiado y tímido, en el espacio designado de mi columna.

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AFP Protesta de mujeres campesinas en Rashtriya Prerna Stha, Nueva Delhi.
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