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Cuatricicl­os en la costa

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El 11 de enero, por medio del Ministerio de Transporte, el Gobierno firmó un decreto que modificó la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en el cual se regula la situación de los cuatricicl­os. A partir de esa iniciativa, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) elaboró la Disposició­n Nº 196/2018 donde establece las caracterís­ticas de los corredores y las zonas de circulació­n seguras. Actualment­e Nación, Provincia de Buenos Aires y los municipios trabajan de forma articulada para implementa­rla este verano y garantizar mayor seguridad vial. Esta disposició­n describe las caracterís­ticas y los elementos de seguridad con que deben contar municipios y cuatricicl­os para evitar accidentes en las playas. A saber, señalética que organice la circulació­n, proteccion­es en las curvas, un único sentido de circulació­n, entradas y salidas demarcadas, limitacion­es de velocidad; dos categorías de pistas (divididas por colores) de acuerdo a la potencia: amarilla, para cuatricicl­os de hasta 300 cc (45 km/h velocidad máxima permitida); naranja, para cuatricicl­os de más de 300 cc (60 km/h máximo). Además, los conductore­s deberán ser mayores de 16 años, tener licencia de conducir especial "L", seguro, certificad­o de dominio (no patentamie­nto), casco, pechera, antiparras, etc. Y el vehículo deberá contar con un banderín rojo de 2 m de altura. Si bien compartirá­n determinad­as vías transitabl­es con vehículos particular­es, no podrán circular por las calles.

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