Cuatriciclos en la costa
El 11 de enero, por medio del Ministerio de Transporte, el Gobierno firmó un decreto que modificó la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en el cual se regula la situación de los cuatriciclos. A partir de esa iniciativa, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) elaboró la Disposición Nº 196/2018 donde establece las características de los corredores y las zonas de circulación seguras. Actualmente Nación, Provincia de Buenos Aires y los municipios trabajan de forma articulada para implementarla este verano y garantizar mayor seguridad vial. Esta disposición describe las características y los elementos de seguridad con que deben contar municipios y cuatriciclos para evitar accidentes en las playas. A saber, señalética que organice la circulación, protecciones en las curvas, un único sentido de circulación, entradas y salidas demarcadas, limitaciones de velocidad; dos categorías de pistas (divididas por colores) de acuerdo a la potencia: amarilla, para cuatriciclos de hasta 300 cc (45 km/h velocidad máxima permitida); naranja, para cuatriciclos de más de 300 cc (60 km/h máximo). Además, los conductores deberán ser mayores de 16 años, tener licencia de conducir especial "L", seguro, certificado de dominio (no patentamiento), casco, pechera, antiparras, etc. Y el vehículo deberá contar con un banderín rojo de 2 m de altura. Si bien compartirán determinadas vías transitables con vehículos particulares, no podrán circular por las calles.