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Reglamento de caza de San Luis

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La provincia de San Luis dio a conocer, por Resolución Nº 03-SSG-SMA-2019, el reglamento de caza deportiva para la temporada 2019 en lo que se refiere a las especies jabalí ( Sus scrofa) y liebre orejona ( Lepus europaeus). El período habilitado para ambas llega hasta el 31 de agosto y, en el caso del jabalí, suman del 1 de noviembre al 31 de diciembre. La modalidad será, para el Sus scrofa, apostado y/o rececho, con armas de fuego con caño mayor a 380 mm y calibre no inferior a 7 mm; proyectil no inferior a9go 150 grains. Se aceptan dos adultos por excursión y por permiso de caza. El valor de la autorizaci­ón es de $ 2.100 para los residentes en San Luis, de $ 3.000 para habitantes del resto del territorio nacional y $ 14.820 para los extranjero­s.

En el caso de las Lepus europaeus, se permiten armas de fuego de ánima lisa hasta calibre 16 incluido; y de ánima rayada calibre .22. Se admiten hasta cinco adultos por excursión y por permiso de caza. El costo del visado es de $ 1.120 para los coprovinci­anos, $1.500 para el resto de los argentinos y $7.380 para los extranjero­s. Si se solicitara el permiso de caza para ambos animales, los costos serán de $ 2.100 para los sanluiseño­s, de $ 3.500 para el resto de los connaciona­les y de $ 19.720 para los cazadores internacio­nales.

Para las dos especies, la cantidad de armas no podrá exceder de dos por permiso de caza y por categoría. Sólo se permite la caza en campos privados y con autorizaci­ón escrita del dueño. Se prohíbe la caza por jauría y/o el uso de perros durante la excursión. Asimismo se prohíbe para ambas especies la caza de crías y/o ejemplares juveniles.

Los requisitos para obtener el permiso de caza deportiva son: ser mayor de 18 años, presentar original y copia del Documento Nacional de Identidad original vigente y copia de Credencial de Legitimo Usuario de ANMaC; permiso escrito del propietari­o o responsabl­e legal del campo donde se practicará la caza, con firma certificad­a ante autoridad policial o Juez de Paz; y comprobant­e de pago correspond­iente al arancel Temporada 2019.

Documentac­ión a portar durante la excursión de caza: permiso de caza deportiva 2019; DNI; CLU ANMaC; permiso escrito del propietari­o del campo con firma certificad­a.

Las zonas de ve da permanente son: terrenos públicos, in muebles de dominio público y/ o privados del Estado; Áreas Naturales Protegidas públicas o privadas; éjidos de ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y toda área concurrida por público; proximidad­es de caminos, diques y costas de ríos o arroyos, a una distancia mínima de 300 metros con arma que dispare perdigones y de 1.500 metros con una que dispare balas.

Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno de San Luis

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