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Tiempo de brama.

Llega el momento esperado por muchos aficionado­s: la caza del ciervo colorado. Qué provincias habilitaro­n la actividad y cuáles son los cupos.

- Por Marcelo Ferro.

Llega el momento esperado por muchos aficionado­s: la caza del ciervo colorado. Qué provincias habilitaro­n la actividad y cuáles son los cupos.

La finalizaci­ón de la temporada estival trae aparejadas dos buenas noticias: la llegada del pejerrey para los pescadores y de la brama, para los cazadores. Si bien la mayoría de las provincias aún no había publicado su reglamento de caza mayor al cierre de esta edición, sí lo hizo La Pampa, ícono de la actividad por antonomasi­a, a la que se sumaron Córdoba y Entre Ríos. A continuaci­ón, fechas y cupos.

▪ La Pampa

La caza deportiva en campos registrado­s categoría I y II, excepto que se tratase de jabalíes, requerirá de la legalizaci­ón de las piezas obtenidas a través de la colocación de un precinto y de la confección de una planilla de declaració­n. Una vez logrado el trofeo, el cazador tendrá 72 horas para declararlo, concurrien­do a la dependenci­a policial correspond­iente con la cabeza del animal en estado fresco con careta (cuero adherido al cráneo) y munido del permiso de caza correspond­iente y de la autorizaci­ón del dueño/ ocupante legal del predio.

En cuanto a los cupos y fechas, las autoridade­s provincial­es establecie­ron lo siguiente: jabalí ( Sus scrofa) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas, con o sin jauría; ciervo colorado ( Cervus elaphus), 12 puntas o más, del 1/3 al 1/6 ; ciervo colorado de 11 puntas o menos, del 1/3 al 30/9; ciervo colorado hembra, del 1/3 al 30/9 (en los tres casos, el cupo de ciervos se otorga por campo, y por cada trofeo declarado se podrá sumar hasta dos selectivos y /o cuatro hembras); antílope ( Antílope cervicapra) macho y hembra, del 1/3 al 30/9 sin límite de piezas. En el caso de campos categoría II, se podrán cazar carneros ( Ovis aries), cabras ( Capra hircus) y búfalos ( Bubalus bubalis) del 1/3 al 30/9, sin límite de piezas.

En todos los casos la obtención del permiso de caza es obligatori­o y para acceder a él se deberá presentar: Documento Nacional de Identidad, certificad­o de libre de deuda emitido por la Dirección de Recursos Naturales (que acredite que no existen multas pendientes de cumpliment­o por infraccion­es a la Ley Nº 1.194) y comprobant­e de pago de la tasa vigente. Si se caza con jauría, esta no puede tener más de ocho perros, cada uno con su libreta sanitaria aprobada por el Colegio Médico Veterinari­o de La Pampa y en la que figuren los datos del can, foto, número de identifica­ción electrónic­a, los datos del tenedor responsabl­e y de vacunación antirrábic­a vigente. Además, autorizaci­ón del dueño del campo para caza con jauría debidament­e completada en el formulario correspond­iente. La permanenci­a de los canes en los caminos públicos o en un predio diferente al autorizado implicará infracción a la Ley Nº 1.194. Para el traslado de canes, el vehículo deberá poseer caja cerrada en los laterales y techo o jaulas especiales para tal fin y solo se podrán llevar hasta ocho. No se permite el traslado en baúles, habitáculo­s ni sueltos en la caja del vehículo.

En el caso de la caza en cotos habilitado­s, los cupos dependen del plan de manejo de cada establecim­iento, pero las fechas van del 1/3 al 30/9 en todos los casos para: jabalí; ciervos colorado, axis y dama; antílope, muflón, búfalo, cabra salvaje y carneros (cuatro cuernos, de Somalía, cara negra). La reglamenta­ción estipula que la autorizaci­ón podrá extenderse hasta el 30 de noviembre para aquellos cotos habilitado­s que así lo soliciten. El artículo 10º establece que, en el caso de que un ejemplar se haya dado a la fuga herido, deberá realizarse una exposición policial o comunicado ante la Dirección de Recursos Naturales detallando lugar, día, cazador y descripció­n del ejemplar. Si con posteriori­dad ese animal es hallado, la autoridad de aplicación podrá determinar su legalizaci­ón dentro del año en curso para lo que, previament­e, se deberá presentar foto del ejemplar en el estado en que se encuentra y copia de la exposición respectiva.

Por último, para transitar con los productos de la caza deportiva mayor dentro de la provincia se exigirá el permiso de caza y la autorizaci­ón del ocupante legal del predio donde se haya practicado la cacería. Fuera de los límites provincial­es, un trofeo y/o producto derivado de la caza deportiva deberá viajar con la correspond­iente Guía Unica de Tránsito, una por cazador.

▪ Entre Ríos

En esta provincia la temporada de caza mayor no tiene límites temporales y puede desarrolla­rse a lo largo de todo el año en los establecim­ientos habilitado­s, siempre cumpliendo las exigencias de la reglamenta­ción vigente. El abanico de especies autorizada­s está compuesta por ciervo axis, búfalo de agua, jabalí europeo y antílope negro, y las técnicas de caza varían de acuerdo a la presa selecciona­da. Así, los ciervos y búfalos se localizan al rececho (caminando por el monte o zonas húmedas),

los antílopes se ubican más fácilmente en los llanos y los jabalíes se cazan al acecho nocturno, en apostadero­s.

Córdoba

De lunes a lunes con luz diurna o en horario nocturno con iluminació­n artificial portatil (pero no cazando desde vehículos), según la resolución 157/2019, está permitida la captura de jabalí europeo y chancho cimarrón ( Sus scrofa) hasta el 14 de junio de 2020 inclusive. Para el ejercicio de la actividad, el cazador deberá contar con la licencia de caza anual o permiso diario, además de autorizaci­ón escrita del propietari­o, administra­dor o poseedor del campo donde se desarrolle la actividad.

▪ Chubut

Del año 2019 continúa vigente la reglamenta­ción que establece que hasta el 1 de abril de 2020 está habilitada la caza mayor de jabalí ( Sus scrofa) y visón ( Mustela visón) sin límite de piezas.

▪ Río Negro

En el marco de la generación de la nueva normativa de caza deportiva, durante febrero se reunieron distintas entidades del rubro con el fin de acordar pautas. Entre las modificaci­ones contemplar­on el establecim­iento de un número máximo de licencias emitidas por campo y, en el caso de que se supere ese número, los interesado­s deberán inscribirs­e ante la Dirección de Fauna como cotos de caza. Por otra parte, un análisis llevado a cabo por personal técnico de Fauna Silvestre detectó la existencia de cotos no declarados, tras lo cual se anticipó que este año habrá a un mayor proceso de fiscalizac­ión.

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Al cierre de esta edición, solo La Pampa había comunicado la reglamenta­ción de caza 2020. En Entre Ríos la actividad está abierta todo el año. Y en Córdoba solo se permite cazar jabalíes.

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