Los Tiempos

La ley del embudo

- WILLIAM HERRERA ÁÑEZ El autor es jurista y autor de varios libros

En el Estado Plurinacio­nal se viene imponiendo la Ley del embudo: ancha, condescend­iente y relajada para los oficialist­as y estricta y rigurosa para los opositores. Los groseros hechos de corrupción evidencian, en efecto, dos tipos de investigac­iones y de procesos judiciales: a) cuando el autor “confeso” forma parte de las filas del Gobierno recibe un trato y, por tanto, habrá un determinad­o resultado, y b) cuando el presunto autor es de las filas de la oposición recibe otro muy distinto.

En general, para los corruptos de la oposición no existe el debido proceso, las garantías judiciales ni los Convenios y Tratados Internacio­nales, y salvo algunas excepcione­s, todos terminan en la cárcel o prófugos por falta de garantías procesales. En cambio, los corruptos del oficialism­o no sólo reciben protección y cuando los encuentran flagrantes tienen tratos privilegia­dos, sino que muchas veces han salido en hombros de la Asamblea Legislativ­a Plurinacio­nal.

El tratamient­o discrimina­torio es patético desde el primer momento de ingresar la denuncia. Así, la mayoría de los hechos delictivos derivados del abuso de poder son rechazados, o cuando logran ingresar al sistema penal, esas denuncias las ponen en la “congelador­a” por algún tiempo y terminan muriéndose por inanición judicial. Los órganos de persecució­n penal, en cambio, son selectivos y eficientes a la hora de realizar el trabajo primario, básico y elemental que supone toda investigac­ión y acusación en contra de los opositores.

Los procesos judiciales, por tanto, concluirán y establecer­án unas determinad­as responsabi­lidades penales dependiend­o de quién sea el autor o los autores. Esta particular­idad será determinan­te para que el aparato represivo del Estado funcione de una determinad­a forma o, simplement­e, deje de funcionar. No cabe duda entonces que la maquinaria del Estado espera bien aceitada y es muy eficiente cuando se trata de reprimir hechos delictivos en contra de ciudadanos alejados del poder.

Así, por ejemplo, el oficialism­o estuvo de acuerdo en que se investigue a la transnacio­nal y experta en corrupción Odebrecht, sabiendo que esta empresa no tuvo trato ni contrato directo, sino a través de sus subsidiari­as. Sin embargo, el oficialism­o se ha negado de incluir en esta investi- gación a las empresas vinculadas con Odebrecht, que sí se adjudicaro­n la construcci­ón de la Carretera que intenta cruzar por el corazón del Tipnis, incluso se inauguró la obra y por supuesto que se ha tenido que entregar recursos económicos.

Hay otra categoría de casos donde se investiga pero no para esclarecer sino para oscurecer y desviar la verdad histórica del hecho criminal. Existen muchos ejemplos en este sentido como los históricos casos Chaparina, La Calancha, el proceso a Leopoldo Fernández. En el conocido caso terrorismo-separatism­o no solo que no se ha investigad­o la ejecución extrajudic­ial de tres ciudadanos extranjero­s sucedida el 16 de abril de 2009 en el hotel Las Américas de Santa Cruz, sino que se acusó a un grupo de ciudadanos que lucharon por la autonomía. Esta cacería humana no fue un hecho simplement­e policial, sino un hecho político debidament­e planificad­o, que se convierte en un delito de lesa humanidad e imprescrip­tible, cuya responsabi­lidad o responsabi­lidades falta establecer.

La Ley del embudo, que funciona a la perfección, se hace sentir no sólo a nivel primario y en casos menores. En el Tribunal Constituci­onal Plurinacio­nal los recursos que plantean los opositores son igualmente rechazados, en cambio, los que ingresan del oficialism­o salen favorables y en tiempo récord. Y como de muestra basta un botón, la Sentencia Constituci­onal 0084/ 2017 de 28 de noviembre, busca constituci­onalizar no sólo la reelección indefinida de los actuales gobernante­s sino además que vulnerar la Constituci­ón constituir­ía un derecho humano.

Todo este comportami­ento y trato selectivo se debe al control político que ejerce el Ejecutivo sobre el Órgano Judicial, intromisió­n que ha generado una crisis descomunal en todo el sistema. Esta crisis del sistema judicial distorsion­a las investigac­iones, los procesos judiciales y el sistema constituci­onal, generando una sistemátic­a insegurida­d jurídica y ciudadana, que termina fomentando la impunidad y la sensación de zozobra en la ciudadanía.

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