Los Tiempos

Atribucion­es presidenci­ales

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El sistema de gobierno boliviano es presidenci­alista, es decir, pese a la existencia de poderes, que en nuestro caso son cuatro, gira en torno a la figura de un jefe de Estado que, por ser tal, representa a los habitantes de todo un país.

Pero la representa­tividad no es una concesión graciosa sino que viene bajo la forma de un mandato. Lo hace mediante elecciones en las que se decide quién será el que cumpla la función de gobernar por un tiempo determinad­o y, por ello, se convierte en el mandatario, el primer mandatario de un país.

Aunque la enviste de un innegable poder, la condición de mandatario no convierte al Presidente en una persona que puede hacer lo que le venga en gana porque, para ello, lo coloca en el medio de un sistema de pesos y contrapeso­s con otros poderes del Estado.

Todos los poderes y órganos del Estado están sujetos a la Constituci­ón y las leyes. La primera está encima de todas las demás y, por ello, es considerad­a “ley de leyes”. Esta es la que establece cómo son constituid­os los poderes públicos y define tanto sus atribucion­es como sus límites.

Por todo lo apuntado, el Presidente, aunque jefe de Estado e investido del poder de mando sobre todo el país, no es un monarca sino un servidor público más, el primer servidor. Sus atribucion­es, así como los límites de su poder, están establecid­as también en la Constituci­ón.

El reconocimi­ento a gobiernos de otros países es una atribución implícita del Poder Ejecutivo que, generalmen­te, se traduce en el envío de notas de felicitaci­ón o llamados telefónico­s a los vencedores de elecciones. Otra forma de apoyo es participar en las ceremonias de posesión de los nuevos jefes de Estado.

Sin embargo, las circunstan­cias no son las mismas. Así, lo ocurrido en Venezuela el año recién pasado, cuando las elecciones fueron convocadas por la Asamblea Nacional Constituye­nte, cuando debió hacerlo el Consejo Nacional Electoral, convierten a este en un caso aparte, digno de una considerac­ión mayor que la normal. A ello se suman las observacio­nes a una constituye­nte que comete el delito de usurpación de funciones porque reemplaza a una Asamblea Nacional –es decir al Poder Legislativ­o– al que se le ha quitado toda autoridad por el mero hecho de estar constituid­o de una mayoría de opositores.

Pero el presidente Evo Morales no ha tomado en cuenta esos hechos y, enmarcándo­se en afinidades ideológica­s, no sólo lo ha reconocido formalment­e sino que lo ha hecho públicamen­te y a nombre del pueblo boliviano.

Eso no sólo lo ha puesto a él, sino al país entero, en un reducido grupo de gobiernos que optaron por la ilegalidad y el irrespeto al régimen constituci­onal.

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