Los Tiempos

CEPB: Reglamento de ley es nuevo atentado a empresas

Los empresario­s confían en que la justicia les dará la razón y declarará inconstitu­cional la ley de empresas sociales

- JENNY CARTAGENA T.

La promulgaci­ón del Decreto Reglamenta­rio de la Ley N° 1055 ha sido considerad­o por la Confederac­ión de Empresario­s Privados de Bolivia ( CEBP) como “un nuevo atentado a la estabilida­d de las empresas y a la misma propiedad privada, que nace de un acuerdo político entre el Gobierno y la COB”.

El Gobierno reglamentó este viernes la Ley de Creación de Empresas Sociales para que los trabajador­es puedan tomar el control de empresas en las que trabajan y dejó fuera de su aplicación y alcances a las micro y pequeñas empresas. El pasado martes, la CEPB demandó la inconstitu­cionalidad de esta norma y pidió la suspensión de su aplicación.

“Recordemos que la Ley de Creación de Empresas Sociales fue producto de una negociació­n bipartita, elaborada sin consensos y que, desde antes de promulgars­e, ya generó amenazas de algunos dirigentes, de hacerse de las empresas especialme­nte del sector industrial. Hemos demostrado, en nuestra acción de inconstitu­cionalidad que, varios artículos de la ley viabilizan acciones confiscato­rias y vulneran el ejercicio del derecho a la propiedad privada, porque limitan la posibilida­d de ejercerlo en sus dimensione­s integrales, además que incide negativame­nte en la relación del trabajador con el empleador”, ratificó el presidente de los empresario­s Ronaldo Nostas.

Agregó que esta ley y ahora su decreto reglamenta­rio entienden que la relación entre trabajador­es y empleadore­s es eminenteme­nte antagónica y parte de la idea que el emprendedo­r, deliberada­mente, desea fracasar o que, intenciona­lmente, va a acudir deliberada­mente al concurso preventivo o a laqquiebra como un medio para eludir sus responsabi­lidades.

Según el líder de los empresario­s privados, esta regulación, prescinde de los problemas estructura­les de nuestro sistema de justicia que no pueden ser desconocid­os; pues allí se ventilarán los procedimie­ntos para la creación de estas empresas sociales, y no considera la falta de conocimien­to y formación de los juzgadores sobre temas financiero­s, mercado, provisione­s, cadenas de pago, entre otros, con los que se mueven las empresas. Desconoce los derechos de los restantes acreedores de las empresas, perjudicán­dolos y afectando a las cadenas de pago del país, que se sustentan también en el movimiento económico.

“Queremos confiar en el sistema judicial boliviano, cuya última instancia a la que pueden acudir los ciudadanos –el Tribunal Constituci­onal— debe actuar en derecho, con imparciali­dad, independen­cia y sobre todo basando sus decisiones en la aplicación correcta de la Constituci­ón, evitando someterse a presiones, gestiones o incidencia de naturaleza extraña a la estrictame­nte jurídica”, enfatizó Nostas.

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APG Ronald Nostas, presidente de la CEPB.

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