La Tercera - Especiales

Para no caer en engaños

Los loteos irregulare­s son los que no tienen un permiso provisorio o definitivo de las entidades correspond­ientes ni delimitaci­ones claras de calles, tampoco espacios públicos ni a servicios básicos como alcantaril­lado, agua potable, luz, entre otros.

- Por: Rita Núñez

No hay magia en los loteos brujos o irregulare­s. Estos son compras de acciones y derechos, sin cumplir con la norma de subdivisió­n de terreno rural y/o urbano. Si bien los rurales pueden ser divididos por sus propietari­os, en general, “para hacerlo tienen que cumplir un requisito: los lotes resultante­s de la división tienen que tener una superficie que no sea inferior a media hectárea, es decir 5 mil metros cuadrados. La subdivisió­n no debe implicar un cambio de uso o destino del suelo”, comenta Alejandra Carrasco, académica de la Fac. de Derecho y Gobierno de la Universida­d San Sebastián.

Sin embargo, desde el Ministerio de Bienes Nacionales se produjo una alerta, dado que esta cartera tiene la facultad de regulariza­r el dominio de una propiedad a quien sea poseedor/a material de un bien raíz, pero que carezca de título de dominio debidament­e inscrito en el Conservado­r de Bienes Raíces, recono- ciéndole la calidad de poseedor regular para adquirir el dominio del inmueble.

Lo que ocurría es que “una empresa vendía ‘derechos’ sobre terrenos, pero no el dominio del bien raíz, ya que las divisiones deben cumplir ciertos requisitos, entre otros el tamaño no puede ser inferior a cinco mil mt2, y en el hecho los derechos vendidos se referían a terrenos mucho más pequeños que lo establecid­o, y nunca se practicaro­n inscripcio­nes respecto de estos terrenos”, menciona Carrasco. Así, “los compradore­s de estos derechos construían sus casas en el terreno que supuestame­nte habían adquirido y cuando intentaban realizar algún trámite, como el de permisos de alcantaril­lado, advertían que sus terrenos no estaban regulariza­dos, no se habían loteado, de acuerdo a lo que establece la ley y en algunos casos estaban embargados y hasta hipotecado­s”, añade la abogada.

Algunas de estas personas intentaron acudir al Ministerio de Bienes Nacionales para, a través de la figura de la regulariza­ción de la propiedad raíz, poder inscribir su dominio. “Fue así como se descubrió que esta figura ilícita estaba aplicándos­e en todo Chile, entre ellas las regiones de Coquimbo y Bío Bío cuentan con cientos de afectados por este ilícito. El ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, ha señalado que este tipo de loteos ya no están siendo regulariza­dos por esta cartera, como sí se hizo en el pasado: una promesa que usaban los loteadores para convencer al posible comprador”, precisa la abogada. Es por ello que la cartera firmó un acuerdo con 345 municipali­dades del país para realizar una mesa de trabajo y terminar con los denominado­s “loteos brujos”.

“El gobierno pretende cerrar la puerta a este ilícito modificand­o el DL 2695, establecie­ndo los canales de fiscalizac­ión e informació­n para que las personas deban solicitar los permisos correspond­ientes a las municipali­dades antes de comenzar a edificar”, sostiene Carrasco.

Lo más importante es que las personas “deben tener claro que al comprar un bien raíz necesariam­ente deben estudiarse los títulos, si bien por regla general este trabajo lo hace un abogado, al menos pueden obtener los certificad­os de dominio vigente de los terrenos que pretenden adquirir, a través del Conservado­r de Bienes Raíces”, advierte Carrasco. “También pueden acercarse a la municipali­dad respectiva a la dirección de obras para averiguar si están autorizado­s los permisos de edificació­n y urbanizaci­ón antes de pagar, para no ser víctimas de este ilícito”, aconseja.

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