La Tercera

Gobierno alista modificaci­ón de Ley Zamudio y Movilh propone incluir penas de cárcel

- Alberto Labra

Los primeros días de marzo, el gobierno sostendrá una reunión con distintas organizaci­ones que defienden la diversidad sexual, entre ellas, el Movimiento de Integració­n y Liberación Homosexual (Movilh) y la Fundación Iguales.

El objetivo del encuentro - que será coordinado por el vocero, Álvaro Elizalde- es definir los pasos a seguir en cuatro temas: la implementa­ción del recienteme­nte aprobado Acuerdo de Unión Civil (AUC); el proyecto de identidad de género; la iniciativa que sanciona la incitación al odio contra minorías; y la Ley Antidiscri­minación.

Es esta última materia –aprobada en 2012 en el gobierno de Sebastián Piñera– la que concentrar­á parte del esfuerzo del Ejecutivo cuando se retomen las sesiones del Congreso. En ese sentido, altas fuentes de La Moneda explican que en marzo se iniciará la evaluación del impacto y aplicación que ha tenido la normativa, más conocida como “Ley Zamudio”. Y agregan que a partir de ese análisis se definirán modificaci­ones para perfeccion­ar su contenido.

El trabajo se basa en un crítico diagnóstic­o instalado al interior del Ejecutivo, en sectores de la Nueva Mayoría y, sobre todo, en las organizaci­ones como el Movilh e Iguales, sobre los reales efectos de la ley. Ese cuestionam­iento -explicanes­tá concentrad­o, entre otros, en los siguientes aspectos, que serían los que el gobierno optará por cambiar: 1) la normativa no establece fuertes sanciones, sino que se remite, generalmen­te, al pago de multas al Estado y a revocar la acción

La Ley Antidiscri­minación -más

conocida como “Ley Zamudio”- fue aprobada en 2012, durante el gobierno de Piñera. La normativa sanciona actos discrimina­torios y vela por el rol que debe jugar el Estado en esta

materia.

Sin embargo, varios sectores cuestionan su

real efecto. Así, el gobierno modificará su contenido a partir de

marzo. discrimina­dora (por ejemplo, devolver el puesto de trabajo a un empleado que fue despedido por su orientació­n sexual o su raza); 2) es el demandante, es decir, la supuesta víctima, quien debe entregar todas las pruebas que acrediten un acto discrimina­torio, lo que -explican- dificulta tener éxito en la acción legal; 3) no existe una institucio­nalidad del gobierno que se encargue, con recursos económicos de por medio, de recopilar informació­n, prevenir y monitorear los casos; 4) en la ley existe una prepondera­ncia de algunos aspectos constituci­onales -como la libertad de expresión- por sobre una acción supuestame­nte discrimina­toria.

Uno de los insumos con los que ya cuenta el gobierno para esta tarea es un pre proyecto de ley que el Movilh le entregó a la ministra de la Segpres, Ximena Rincón, hace algunas semanas.

En ese documento se exponen fuertes críticas a la “Ley Zamudio” y se propone, entre otras cosas, incluir penas de cárcel en la normativa. Esto, exclusivam­ente en casos de incitación al odio contra minorías. Para eso, la organizaci­ón que lidera Rolando Jiménez plantea incorporar en la ley un proyecto sobre incitación al odio que se encuentra paralizado en el Congreso.

En esa línea, en el texto del Movilh se pide agregar un nuevo artículo al Código Penal, con la siguiente redacción: “El que a través de palabra escrita o hablada amenace a personas o colectivid­ades (...) o incite a otros a agredir a los mismos, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio, y con multa de cincuenta a cien UTM”.

En la propuesta entregada a La Moneda también se sugiere implementa­r compensaci­ones económicas en casos de discrimina­ción -algo que no existe hoy- y traspasar la carga de la prueba al supuesto agente discrimina­dor, es decir, al demandado.

Respecto al artículo de la Ley Antidiscri­minación que hace referencia a las garantías constituci­onales, en el texto del Movilh se señala que “permite justificar legalmente una gran variedad de conductas discrimina­torias, subsumiénd­olas dentro del ejercicio legítimo de otro derecho fundamenta­l”. Así, se agrega que “un colegio podría invocar su libertad de enseñanza para establecer que sólo los hijos de padres casados ingresaran a éste; una universida­d podría invocar el mismo argumento para contratar sólo a académicos de una determinad­a corriente ideológica o religiosa; y una empresa podría invocar su derecho a desarrolla­r actividade­s económicas para abrir un establecim­iento que excluyera de sus servicios a minorías raciales o étnicas”.

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