Salud de los presidentes e interés público Conocer la condición médica de candidatos y mandatarios es un derecho ciudadano, y en la medida que se avance en mayores estándares de transparencia se fortalece la propia democracia.
EN LOS últimos meses –en el marco de la elección presidencial de noviembre- el debate en torno a si la opinión pública tiene derecho a conocer el estado de salud de los presidentes ha cobrado especial vigencia en Estados Unidos. Recientemente surgieron especulaciones sobre la condición de la candidata demócrata, Hillary Clinton, a raíz de un cuadro de neumonía del cual no se informó inmediatamente. No han faltado quienes también han puesto en duda la salud del republicano Donald Trump, si bien su equipo médico asegura que está en óptimas condiciones. Es evidente que lo exacerbado del clima electoral estadounidense ha llevado a exagerar el tono de esta discusión, pero es ilustrativo en cuanto a la creciente importancia que el electorado asigna a saber si el mandatario o algún candidato padece de alguna enfermedad o impedimento que pueda afectar el ejercicio de su cargo.
En la experiencia internacional se encuentran ejemplos muy diversos acerca de cómo se conjuga el derecho a la información con la protección de la intimidad de los mandatarios. Un caso reciente ocurrió con el Presidente mexicano Enrique Peña y Nieto, donde un tribunal dictaminó en 2014 que su estado de salud formaba parte de la intimidad; recientemente en El Salvador hubo una resolución similar. Aun así, y tal como lo recoge el debate en Estados Unidos, parece asentarse cada vez más el convencimiento de que una democracia se fortalece en la medida que los ciudadanos puedan ejercer un mayor rol de control sobre quienes detentan el poder, lo que no sólo implica conocer aspectos relevantes de su estado de salud, sino también tener información acerca de su patrimonio y la forma en que este se administra –para evitar posibles conflictos de interés- como también conocer si su historial personal es consistente con principios de probidad y coherencia que se estiman indispensables para ejercer un cargo de poder.
Chile no debe restarse a la posibilidad de elevar sus propios estándares democráticos, y las distintas fuerzas políticas deberían comprometer esfuerzos para promover este derecho a la información e institucionalizarlo. Ello no podría considerarse un agravio a la intimidad, ya que todo ciudadano que aspira a ser candidato presidencial lo hace de manera voluntaria, y sabe por lo tanto que estará sometido a mayores exigencias de transparencia.
Así, aquellos aspectos relativos a su salud –ya sea enfermedades graves, adicciones o señales de algún trastorno mental- que objetivamente puedan afectar el desempeño de su cargo son de interés público y deberían ser transparentados, no sólo en la etapa de candidato, sino también durante el ejercicio del cargo, pues allí también se pueden ver comprometidos aspectos relativos a la seguridad nacional. El debate en Estados Unidos ilustra que estas exigencias son independientes de la edad de los candidatos, ya que tanto Clinton (68) como Trump (70) son personas plenamente activas.
En materia de manejo patrimonial, el país carece aún de una norma que regule el fideicomiso en el caso de quienes ejerzan la presidencia. Siendo una materia en la que también se debería avanzar, parece sano que también se introduzca la práctica de auditar el patrimonio al inicio del mandato y a su término, porque ello sería un refuerzo adicional para evitar posibles conflictos de interés.