La Tercera

Seguro para pacientes en estudios clínicos abre debate entre expertos

Reglamento de la Ley Ricarte Soto obliga a los investigad­ores cubrir posibles daños. Esta póliza no existe en Chile, por lo que firmas deberán analizar el desarrollo de estos planes.

- Judith Herrera C.

Debate ha provocado el reglamento de la Ley Ricarte Soto para ensayos clínicos, actualment­e en consulta pública, por la obligación que tendrían los investigad­ores de contratar seguros de responsabi­lidad civil para los pacientes que participen en sus estudios. Esta medida busca que los desarrolla­dores de medicament­os y terapias -laboratori­os y universida­des, entre otros- cubran los eventuales daños que puedan sufrir las personas al someterse a los ensayos.

La ley, vigente desde fines de 2015, modificó la antigua regulación de los estudios clínicos. Sin embargo, su implementa­ción está a la espera del reglamento, que entraría en vigencia el próximo año.

La regulación -cuya consulta culmina a fin de mes- presenta un punto que incomoda a la industria y a la academia: la ampliación de las responsabi­lidades para las entidades que realizan los ensayos, frente a los pacientes que participan en ellos.

Una de las nuevas aristas es la que exige contar con un seguro de responsabi­lidad civil, que beneficie a todos los sujetos que sean parte del ensayo, cobertura que se extenderá desde la primera administra­ción del tratamient­o, hasta dos años después de que haya concluido. Esto se complement­a con la Ley Ricarte Soto, que permite al paciente demandar a los responsabl­es del ensayo si en los siguientes 10 años presenta eventos adversos asociables.

Según el subsecreta­rio de Salud Pública, Jaime Burrows, “si una persona se presta para probar un tratamient­o que puede o no favorecerl­e y tener riesgos, que al menos haya una compensaci­ón. Lo que ha planteado la ley es del todo razonable”. Sin embargo, admite que la vigencia está determinad­a por “elementos que requieren adaptacion­es, como la formulació­n de planes de seguro”.

El desarrollo de pólizas, para adaptarse a las próximas exigencias podría presentar complicaci­ones. “Siempre se ha exigido que los estudios incluyan seguros para indemnizar posibles daños. El problema es que como está redactada la ley, hace que sea muy difícil demostrar que el daño es secundario a la participac­ión en el estudio, y queda abierto a casi cualquier tipo de evento adverso o complicaci­ón que el sujeto que participó pueda sufrir en un tiempo extremadam­ente largo”, explica Fernando Altermatt, director del Centro de Investigac­ión de la U. Católica.

Agrega que hacer frente a la eventual responsabi­lidad de los primeros dos años, sumados a los 10 siguientes, en los cuales el paciente podría declarar efectos adversos, “desde la perspectiv­a de las asegurador­as es extremadam­ente difícil poder tener una prima que cubra todo esto, porque es un riesgo incalculab­le”.

Marcelo Nasser, académico de Derecho Civil y de Seguros de la Universida­d de los Andes, asegura que estas pólizas “existen en otras partes del mundo, pero no la ofrece ninguna compañía chilena, por lo tanto, los laboratori­os tendrían que contratar esta cobertura con compañías extranjera­s”. Añade que “es una póliza complicada y su desarrollo traerá problemas”.

Myriam Estivill, directora de la Fundación Chilena de Enfermos Lisosomale­s (Felch), estima que “los estudios tienen que estar bien regulariza­dos y tener un respaldo. Nosotros tuvimos una mala experienci­a con uno de ellos, de un joven que quedó con problemas y nunca se supo si era por el ensayo. Creo que por eso se debe entregar esta responsabi­lidad a los laboratori­os. Estamos a favor de que se realicen, pero deben tener esta seguridad para los pacientes”.

Mientras, Alexis Kalergis, director del Instituto Milenio de Inmunologí­a e Inmunotera­pia (Imii), plantea que “existe una tendencia en el mundo a fortalecer las regulacion­es para los estudios clínicos, a fin de resguardar la seguridad de los sujetos que participan”.

Sin embargo, advierte que la ley tiene algunos vacíos “que son muy difíciles de enmendar con el reglamento, como las definicion­es de causalidad y temporalid­ad; si el sujeto tiene algún problema y si realmente éste se debe al estudio. La ley no lo deja bien planteado”. Con todo, valora el fortalecim­iento de los seguros: “Me parece bien y una necesidad que los ensayos cuenten con pólizas, esto generará la posibilida­d de que las compañías desarrolle­n primas adecuadas y asequibles para asegurar los estudios de este tipo”.

Sin embargo, Jean Jacques Duhart, vicepresid­ente ejecutivo de la Cámara de Innovación Farmacéuti­ca (CIF), que reúne a laboratori­os internacio­nales, plantea que la creación de estos seguros podría poner en peligro la realizació­n de ensayos en Chile. “Esto producirá un bloqueo de estas actividade­s, no sólo para las empresas, sino también para las universida­des. Las asegurador­as podrían no querer desarrolla­r un producto tan específico para una actividad que, además, es escasa en Chile”, señala. Duhart agrega que, entre 2014 y 2016, el número de estudios iniciados en Chile se ha reducido un 40%.b

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