La Tercera

Incertidum­bre por reforma al Código de Aguas Las certezas que intenta transmitir el Ejecutivo no logran despejar el temor de que los derechos de agua ya entregados puedan ser caducados.

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RECIENTEME­NTE el gobierno ingresó varias indicacion­es al proyecto de reforma al Código de Aguas, cambios que surgen luego de que diversas asociacion­es gremiales, en particular la Sociedad Nacional de Agricultur­a (SNA), criticaran duramente el proyecto porque –a su juicio- la iniciativa legal debilita el derecho de propiedad asociado a los derechos de agua, lo que pone en tela de juicio su constituci­onalidad.

El principal cuestionam­iento que levantaba el proyecto original estaba asociado a la incertidum­bre que se generaba en torno a los derechos de agua ya entregados previo a la modificaci­ón legal, puesto que la limitación de 30 años podía aplicarse a cualquier título de propiedad. Es por esta razón que el director general de Aguas aclaró que las indicacion­es buscan “despejar cualquier duda interpreta­tiva del régimen (vigencia y duración) aplicable a los derechos constituid­os con anteriorid­ad a la vigencia de la reforma: seguirán siendo indefinido­s en el tiempo. No tendrán una duración temporal de 30 años y no se les aplicará el artículo 6°”. Además, los derechos -ya constituid­os y nuevos- quedarán sujetos a las reglas de extinción por no uso, a las normas de caducidad por no inscripció­n y a todas las demás disposicio­nes del Código. Además, el set de indicacion­es repone el término “derechos de agua” en reemplazo del concepto de “concesione­s” que usaba el proyecto original.

Estos cambios introducid­os por el gobierno desataron la molestia de diputados de la Nueva Mayoría, quienes no tardaron en calificar como un retroceso la medida. En cambio, el ex titular de la SNA, Patricio Crespo, catalogó las indicacion­es de “maquillaje” al texto original. Cabe señalar que estas modificaci­ones al Código de Aguas se enmarcan en un proceso liderado por el ministro de Hacienda, que busca eliminar ruidos en la economía y entregar certezas jurídicas a los inversioni­stas, debido a que las reformas en curso contienen elementos que desalienta­n la inversión o desvaloriz­an los activos de muchas empresas. Sin duda, es encomiable que exista preocupaci­ón por las externalid­ades negativas que conllevan las diversas iniciativa­s legales que actualment­e se discuten en el Congreso, muchas de las cuales solo responden a consignas ideológica­s y que cada cambio normativo pueda evaluarse a la luz de sus efectos en la productivi­dad del país.

En este sentido, si bien las indicacion­es del Ejecutivo buscan atenuar las implicanci­as expropiato­rias que contenía el proyecto original, lo cierto es que no son suficiente­s para despejar los temores que despiertan en el sector privado y que mantienen en estado de alerta al mundo agrícola. Según la SNA, el proyecto modificado aún mantiene vicios de constituci­onalidad por lo que perfectame­nte su destino lo podría definir el Tribunal Constituci­onal. Las certezas que intenta transmitir el gobierno no alejan el temor de que por la vía de las reglas de extinción que contempla la reforma los derechos ya constituid­os se vuelvan febles, debilitand­o así la certeza en el derecho de propiedad, piedra angular de lo que ha sido nuestro desarrollo.

Más allá de las diferencia­s que pueden generar proyectos de esta envergadur­a entre el mundo privado y los sectores más ideologiza­dos de la Nueva Mayoría, se hace necesario reevaluar los objetivos que tienen iniciativa­s legales que inician su trámite legislativ­o intentando apaciguar demandas ideológica­s y que a poco andar su discusión devela severos impactos en las decisiones económicas.

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