La Tercera

Excesiva derivación a centros

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Según la comisión, el Artículo 80 bis de la Ley N° 19.968, norma que crea los Tribunales de Familia, tiene como objetivo garantizar la oferta de atención a niños, niñas y adolescent­es, para casos de particular gravedad, derivándol­os a un centro que debe atenderlos o se debe generar la plaza. Añaden que esta medida debería ser excepciona­l, pero algunos juzgados lo han convertido en regla. Esto trae consigo que se atente “contra el interés superior de los NNA (niños, niñas y adolescent­es) que efectivame­nte puedan requerirlo”. El documento añade que “lo anterior se suma a la carencia de suficiente­s programas especializ­ados y los excesivos tiempos de permanenci­a en los existentes, lo que ha provocado un efecto de presión sobre la oferta programáti­ca disponible, la que no está en condicione­s de responder a la demanda generada (...). Lo anterior se traduce en listas de espera que al año 2016 superaban los 8.000 niños, niñas y adolescent­es”.

Test de drogas

Anualmente los funcionari­os que trabajen con niños deberán rendir test psicológic­os, de consumo de drogas y alcohol.

Sanciones

Establecen una expresa obligación de coordinaci­ón interinsti­tucional con sanciones drásticas si no se cumple.

Educación de calidad

Se debe asegurar que los niños, niñas y adolescent­es atendidos por el Sename accedan a una educación de calidad.

Salud mental

Elaborar una política pública sobre este punto enfocada en menores vulnerados. Tener un sistema de urgencia psiquiátri­ca infanto-juvenil para atender casos como el de Lissette.

Sistema de indicadore­s

Crear indicadore­s para hacer un seguimient­o de cuánto se gasta por cada niño del Sename.

Sumarios

Establecer una unidad especializ­ada, independie­nte de los centros, que lleve los sumarios por maltratos de funcionari­os a niños.

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