NUEVO SERNAC, UNA LÓGICA DEL PASADO
Es lamentable que el Ejecutivo y el Congreso se hayan hecho eco de nociones ideológicas que harán mucho más compleja la defensa de los consumidores.
Ayer, luego de más de tres años de discusión, el Congreso despachó el proyecto que fortalece el Sernac. El proyecto más que duplica su dotación -que pasa de tener 301 funcionarios a 700-, multiplica por 2,2 su presupuesto -el que se incrementa desde los $ 11.130 millones actuales a los $ 25.079 millones en régimen- y deja al director del servicio con una concentración de atribuciones inédita en nuestro ordenamiento jurídico.
Pese a los múltiples cuestionamientos que levantó la iniciativa desde el mundo empresarial, expertos en derecho del consumo, e incluso desde las propias asociaciones de consumidores –que durante la discusión de este proyecto presentaron una iniciativa legal alternativa-, el texto mantuvo las ideas matrices con las que fue concebido.
Uno de los aspectos que genera mayor incertidumbre jurídica es la incorporación de la figura legal del “daño moral colectivo”, que pese a no ser parte del proyecto original del Ejecutivo, su incorporación en la Cámara de Diputados contó con el patrocinio del gobierno y se plasmó en el texto final, aun cuando prácticamente no existe en la evidencia comparada. Cabe señalar que actualmente el Sernac en su calidad de legitimado activo utiliza las demandas colectivas para buscar la reparación del daño patrimonial de los consumidores. El proyecto recién aprobado agrega al procedimiento colectivo la reparación del daño moral a un grupo de consumidores.
Si ya es complejo para un tribunal determinar cómo han sido afectadas “la integridad física o síquica o la dignidad” de un consumidor a nivel individual, la norma que extiende el daño moral a un conjunto de personas puede volverse inaplicable, contraviniendo el objetivo buscado por los legisladores de garantizar mayor eficiencia procesal. Los juicios por daño moral colectivo serán más engorrosos, demorarán más tiempo y generarán contingencias para las empresas de difícil cuantificación.
Es cuestionable, además, que la norma busque estandarizar la indemnización por daño moral para casos que por su esencia serán muy distintos entre sí. Esto probablemente incentivará a los consumidores a usar los procedimientos colectivos solo para la reparación patrimonial, mientras el daño moral será reclamado posteriormente ante el tribunal en forma individual, sobre todo en aquellos casos en que la demanda colectiva es exitosa.
El proyecto del Sernac será recordado como la última iniciativa impulsada con la lógica refundacional de esta administración. Es desesperanzador que el Congreso avance en regulaciones que intentan resolver problemas del consumidor del pasado, justo cuando los sectores productivos afectados por el proyecto se enfrentan a un cambio tecnológico sin precedentes, los que por cierto no fueron considerados en el diseño de la iniciativa, ni menos en su discusión legislativa. Urge, por lo tanto, que el diseño de políticas públicas hacia el futuro se haga sobre un diagnóstico acucioso, minimice las ambigüedades jurídicas e intente anticipar los cambios estructurales en curso, más que legislar sobre la base de lógicas ya superadas, que dudosamente beneficiarán a los consumidores.