La Tercera

NUEVO SERNAC, UNA LÓGICA DEL PASADO

Es lamentable que el Ejecutivo y el Congreso se hayan hecho eco de nociones ideológica­s que harán mucho más compleja la defensa de los consumidor­es.

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Ayer, luego de más de tres años de discusión, el Congreso despachó el proyecto que fortalece el Sernac. El proyecto más que duplica su dotación -que pasa de tener 301 funcionari­os a 700-, multiplica por 2,2 su presupuest­o -el que se incrementa desde los $ 11.130 millones actuales a los $ 25.079 millones en régimen- y deja al director del servicio con una concentrac­ión de atribucion­es inédita en nuestro ordenamien­to jurídico.

Pese a los múltiples cuestionam­ientos que levantó la iniciativa desde el mundo empresaria­l, expertos en derecho del consumo, e incluso desde las propias asociacion­es de consumidor­es –que durante la discusión de este proyecto presentaro­n una iniciativa legal alternativ­a-, el texto mantuvo las ideas matrices con las que fue concebido.

Uno de los aspectos que genera mayor incertidum­bre jurídica es la incorporac­ión de la figura legal del “daño moral colectivo”, que pese a no ser parte del proyecto original del Ejecutivo, su incorporac­ión en la Cámara de Diputados contó con el patrocinio del gobierno y se plasmó en el texto final, aun cuando prácticame­nte no existe en la evidencia comparada. Cabe señalar que actualment­e el Sernac en su calidad de legitimado activo utiliza las demandas colectivas para buscar la reparación del daño patrimonia­l de los consumidor­es. El proyecto recién aprobado agrega al procedimie­nto colectivo la reparación del daño moral a un grupo de consumidor­es.

Si ya es complejo para un tribunal determinar cómo han sido afectadas “la integridad física o síquica o la dignidad” de un consumidor a nivel individual, la norma que extiende el daño moral a un conjunto de personas puede volverse inaplicabl­e, contravini­endo el objetivo buscado por los legislador­es de garantizar mayor eficiencia procesal. Los juicios por daño moral colectivo serán más engorrosos, demorarán más tiempo y generarán contingenc­ias para las empresas de difícil cuantifica­ción.

Es cuestionab­le, además, que la norma busque estandariz­ar la indemnizac­ión por daño moral para casos que por su esencia serán muy distintos entre sí. Esto probableme­nte incentivar­á a los consumidor­es a usar los procedimie­ntos colectivos solo para la reparación patrimonia­l, mientras el daño moral será reclamado posteriorm­ente ante el tribunal en forma individual, sobre todo en aquellos casos en que la demanda colectiva es exitosa.

El proyecto del Sernac será recordado como la última iniciativa impulsada con la lógica refundacio­nal de esta administra­ción. Es desesperan­zador que el Congreso avance en regulacion­es que intentan resolver problemas del consumidor del pasado, justo cuando los sectores productivo­s afectados por el proyecto se enfrentan a un cambio tecnológic­o sin precedente­s, los que por cierto no fueron considerad­os en el diseño de la iniciativa, ni menos en su discusión legislativ­a. Urge, por lo tanto, que el diseño de políticas públicas hacia el futuro se haga sobre un diagnóstic­o acucioso, minimice las ambigüedad­es jurídicas e intente anticipar los cambios estructura­les en curso, más que legislar sobre la base de lógicas ya superadas, que dudosament­e beneficiar­án a los consumidor­es.

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