FALLAS ANTE MENOR QUE NO PUDO SER TRASPLANTADA
Es lamentable que al estar una vida en juego ni privados ni las instituciones del Estado hayan actuado con más energía para darle alguna chance.
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El caso de la menor Daniela Vargas, quien falleció el 2015 sin la posibilidad de acceder a un trasplante de corazón, ha provocado una honda conmoción en la opinión pública, porque nuevamente se ha puesto de relieve la falta de sensibilidad hacia niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, tantas veces retratado en episodios como el que afectó a Daniela.
La niña, que vivía en Chiloé, se encontraba bajo un programa ambulatorio de protección del Servicio Nacional de Menores (Sename). Su delicada condición cardíaca obligó a trasladarla a Santiago, al Hospital Clínico de la Red de Salud UC Christus, a la espera de un trasplante de corazón. Tras una evaluación de la realidad social de la menor, el recinto determinó que no era apta para ser colocada en lista de espera. Según ha explicado la dirección, en dicha decisión no pesaron factores económicos ni arbitrarios, sino estrictamente aquellos que dictan los protocolos vigentes, los cuales se rigen por estándares internacionales. En ese sentido, se determinó que su “precariedad social, familiar y personal” no la hacían apta para un trasplante, pues no era posible asegurar los indispensables cuidados post operatorios, sin los cuales un paciente trasplantado tiene altas posibilidades de fallecer.
Conforme con los antecedentes disponibles, la clínica habría oficiado al Sename a efectos de garantizar el cuidado post operatorio de la menor, institución que si bien respondió afirmativamente, la evaluación técnica del hospital estimó que era insuficiente, ante lo cual la menor fue retornada al hospital de Chiloé -todo ello en coordinación con el Ministerio de Salud-, falleciendo al poco tiempo.
El Ministerio Público decidió abrir una investigación para establecer posibles responsabilidades penales en las distintas instancias que tuvieron relación con este lamentable caso. La arista penal no impide, sin embargo, un análisis desde el punto de vista ético y una evaluación de la forma como se llevó este caso, cuyo balance es muy desafortunado y debe llevar a una profunda reflexión de los criterios que finalmente inciden en estas decisiones. Tratándose de una vida humana en juego, es reprochable que las formalidades de un protocolo en último término hayan pesado más que el deber ético de agotar todas las instancias posibles.
A la luz de estas definiciones, cuando clínicas privadas y hospitales públicos reciben un paciente en condición crítica, cabría esperar de éstos una férrea defensa de sus derechos ante las instancias que corresponda, especialmente si se trata de personas en situación de vulnerabilidad, que probablemente carecen de todo tipo de soportes. Su intrínseca misión de brindar ante todo salud queda en entredicho cuando se actúa sin la debida sensibilidad hacia la recuperación de un paciente.
Por cierto, al Estado le cabe aquí una responsabilidad inexcusable, porque ni el Sename -responsable directo de la menor- ni el Ministerio de Salud actuaron con la suficiente energía y celeridad para asegurar que pudiera acceder al trasplante y así tener alguna chance de vivir. Es un llamado de atención para que la autoridad revise urgentemente los criterios para aplicar los protocolos vigentes y se asegure de que una situación como ésta no vuelva a ocurrir.