La Tercera

FALTA DE REGLAMENTO EN ABORTO EN TRES CAUSALES

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Tal como ha sucedido en otras oportunida­des, donde leyes entran en vigencia con varios meses de antelación respecto a la fecha de dictación de sus respectivo­s reglamento­s -momento en que se hacen operativas-, la recién aprobada ley de aborto en tres causales todavía no cuenta con su reglamento.

Esta situación causó problemas en el caso de una menor de 13 años que resultó embarazada producto de una violación. La afectada no pudo ser atendida en Chiloé, donde residía, porque el servicio de salud argumentó que ante la falta del reglamento de la ley no estaban del todo claro los protocolos que debían ser aplicados en estos casos. Finalmente, el procedimie­nto se realizó en un hospital público de Santiago.

Pese a que la ley establece que las prestacion­es solo son exigibles a partir de la dictación del mencionado decreto, ante la visibilida­d que generó la discusión y aprobación de esta normativa, llama la atención que el gobierno no haya estado preparado para una pronta dictación de dicho protocolo, que es fundamenta­l para la implementa­ción de la ley.

La existencia de reglamento­s permite que el trabajo legislativ­o se oriente a las políticas centrales que se quieren implementa­r, y da la necesaria flexibilid­ad para que aspectos netamente técnicos y eventuales futuras adecuacion­es se hagan sin necesidad de ser discutidos en el Congreso. Sin embargo, en leyes que son de alta importanci­a para el Ejecutivo y la ciudadanía se debiese esperar que los ministerio­s trabajen de manera paralela a la discusión parlamenta­ria para evitar caer en vacíos legales que hagan más compleja la aplicación de las leyes aprobadas.

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