¿POR QUÉ NO FUNCIONAN LAS CÁRCELES?
SEÑOR DIRECTOR
Si bien el conjunto de la población penal bajo reclusión ha caído cerca de 20% desde 2010, si se analiza por separado a quienes están recluidos a la espera de condena, estos crecen más de 35%, aumento que va desde 2014 a la fecha.
El Código Procesal Penal establece la prisión preventiva como una medida de excepción y no como norma general. Asimismo, nueve de cada diez prisiones preventivas son concedidas. En tanto, la Defensoría Penal Pública dio a conocer que 2.800 personas al año han pasado por la cárcel sin haber cometido ningún delito y que la cifra crece sobre el 7% anual.
El uso de la prisión preventiva bajo el marco de la Ley Penal Adolescente implica un especial cuidado por cuanto el legislador busca que la pena cumpla un fin rehabilitador, lo que se ve obstaculizado por un uso inadecuado de la medida cautelar, tanto en la cantidad de veces que se aplica como en la duración de la misma, que en algunos casos supera los seis meses o el año.
Con todo, es necesario observar el uso de la prisión preventiva y la cuestión de fondo que subsiste es la capacidad del sistema penal adulto o juvenil para lograr los objetivos de reinserción social que permitan disminuir la reincidencia y las tasas de victimización.
Estos días en que se conmemoró la peor tragedia penitenciaria de Chile debemos reflexionar cómo avanzar en transformar el sistema penal en una herramienta que permita la inclusión efectiva de quienes buscan una nueva oportunidad, que transforme sus vidas, las de sus familias y la de la comunidad que los recibe.