La Tercera

Jorge Abbott restringe las comunicaci­ones públicas de los fiscales

Resolución prohíbe emitir opiniones sobre investigac­iones en curso o potenciale­s. Asociación de Fiscales cuestionó medida y M. Público descartó que sea una “ley mordaza”.

- Víctor Rivera y Javiera Matus

A las 18.12 de ayer ingresó a las casillas de correo electrónic­o de todos los fiscales y funcionari­os del Ministerio Público un mensaje del fiscal nacional, Jorge Abbott. El mail informaba sobre una nueva resolución interna que entraba en vigencia: la “Política de comunicaci­ones del Ministerio Público”, la cual limita las expresione­s públicas de los persecutor­es sobre casos de contingenc­ia nacional que, eventualme­nte, puedan llegar a ser investigad­os penalmente. Incluso, el filtrar informació­n de causas fue catalogado como un hecho de “corrupción”.

En cuatro párrafos, Abbott explicó a los fiscales de qué se trata esta nueva política comunicaci­onal: “Es un marco de acción para la gestión de nuestras comunicaci­ones que establece, entre otros, principios y valores, objetivos y roles que cada uno de nosotros ejercemos a la hora de comunicarn­os hacia fuera de la institució­n y también internamen­te, entendiend­o que todos quienes trabajamos en la Fiscalía de Chile somos, en parte, responsabl­es del resguardo de la imagen institucio­nal”.

Abbott adjuntó la resolución y esta nueva política, plasmada en 18 páginas. Como objetivo general, se señala que tienen que “fortalecer la identifica­ción de los equipos internos con la institució­n”. Entre los objetivos específico­s, se indica que se debe “aumentar el conocimien­to y comprensió­n de la labor y las facultades con que cuenta el Ministerio Público”, así como “moderar, orientar y equilibrar las expectativ­as que las víctimas y testigos, la ciudadanía, los agentes de la opinión pública y los actores del sistema político mantienen respecto de los resultados de la gestión del Ministerio Público”.

Más adelante se detalla que no se puede entregar “informació­n sensible” a terceros “sin autorizaci­ón del Fiscal Nacional o del Fiscal Regional, según correspond­a”. El documento, además, específica cuáles son los canales a través de los cuales los fiscales pueden hablar con los medios de comunicaci­ón.

Sin embargo, los párrafos que más llamaron la atención internamen­te en el ente persecutor fueron que “fiscales y funcionari­os del Ministerio Público deben abstenerse de emitir opiniones relacionad­as con investigac­iones penales actuales o con ámbitos que anticipen posiciones o juicios en casos que podrían ser objeto de tratamient­o institucio­nal a futuro, a fin de evitar la afectación al principio de objetivida­d. Con tal propósito, y resguardan­do el derecho a la libertad de expresión, tal específica abstención se extiende a todo tipo de canales de comunicaci­ón, sean oficiales o no”.

Para la presidenta de la Asociación de Fiscales, Trinidad Steinert, esta frase “marca un quiebre”. Según la abogada, “puede entenderse que se está refiriendo efectivame­nte a las cuentas privadas de los fiscales (redes sociales) y, por lo tanto, es algo que vamos a conversar con el fiscal nacional, porque entendemos que por vía reglamenta­ria o vía oficio no puede abordar o expandir su autoridad a la vía privada de los actores del Ministerio Público”.

Además, sostuvo que “hay partes complicada­s y que atentan contra la libertad de expresión, lucha que el gremio ha dado en forma histórica (...). Yo creo que esta es una especie de ‘ley mordaza’, nos preocupa este oficio”.

Además, esta política -que busca restringir las comunicaci­ones de los fiscales solo por canales oficiales- advierte sobre la informació­n a terceros. “La filtración o divulgació­n indebida de informació­n sujeta a reserva es una infracción grave de los deberes funcionari­os, lo que para el Ministerio Público constituye un acto de corrupción, sujeto a sanciones administra­tivas y a las responsabi­lidades civiles y penales que correspond­an”.

Esto también despertó la crítica de la asociación del director ejecutivo de Chile Transparen­te, Alberto Precht: “Llama la atención, porque el vocablo corrupción nosotros lo entendemos en transparen­cia internacio­nal como el abuso de una posición para obtener un beneficio personal sobre el interés general, y en este caso no veríamos cómo una opinión personal podría ser un interés particular del fiscal y entorpecer el interés general”.

En el oficio también se fijaron los voceros oficiales de la fiscalía: el fiscal nacional, los fiscales regionales, los fiscales jefes y adjuntos en las causas bajo su dirección. Se señala que quien hable con un medio de comunicaci­ón, sin previo aviso a la unidad de comunicaci­ones, deberá informarlo “a la brevedad”.

Respuesta Fiscalía Nacional

Desde la Fiscalía Nacional señalaron que “la política de comunicaci­ones en ningún caso puede considerar­se una ‘ley mordaza’, pues se ajusta estrictame­nte a lo establecid­o en la Ley Orgánica Constituci­onal del MP”. Sobre la calificaci­ón de “corrupción” en las filtracion­es, sostienen que “fue incluida a solicitud del Consejo General de Fiscales”. ●

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