La Tercera

COMPLEJIDA­DES DEL PROYECTO SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO

La iniciativa carece de los resguardos suficiente­s para proteger especialme­nte a niños y adolescent­es de decisiones que pueden ser irreversib­les.

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El gobierno no pretende dar pie atrás en su afán por aprobar antes del receso legislativ­o de febrero el proyecto de ley sobre identidad de género, a pesar de las numerosas voces que han advertido sobre la necesidad de que una iniciativa de esta naturaleza, si bien necesaria, sea objeto de una discusión en profundida­d, amplia y en ningún caso apresurada, consideran­do las múltiples dimensione­s que abarca esta problemáti­ca.

La disforia de género es un trastorno ampliament­e documentad­o por la psiquiatrí­a, donde quienes lo padecen experiment­an un conflicto permanente entre su propia identidad sexual respecto de su sexo biológico. La literatura científica da cuenta de que situacione­s de esta naturaleza afectan a un porcentaje menor de la población, pero atendidos los graves trastornos que ello puede llegar a representa­r, los que muchas veces ya se manifiesta­n desde la niñez, justifican que se brinde una salida legal.

Las principale­s dificultad­es que presenta este proyecto tienen que ver con los insuficien­tes resguardos que se establecen para evitar que una persona, en especial menores de edad, puedan precipitar­se en decisiones que podrían afectar su vida o provocar cambios irreversib­les, como sería el caso de una operación para modificar su sexo. Parece haber un excesivo énfasis en consagrar el derecho de toda persona a solicitar la rectificac­ión de su sexo y nombre registral, pero sin atender a que una decisión así también debe venir acompañada de exigentes requisitos, que no dejen dudas sobre la pertinenci­a de esta decisión.

Es indudable que la mayor preocupaci­ón de los legislador­es debe estar centrada en los menores de edad, en particular en el caso de los infantes. El proyecto que originalme­nte venía del Senado fue objeto de indicacion­es en la Cámara de Diputados, para introducir más límites. En particular, se desechó la pretensión del Ejecutivo de que un mayor de 14 años, pero menor de 18, pudiese invocar la ley sin necesidad del consentimi­ento de sus padres o tutores, establecié­ndose que la solicitud deberá ser presentada conjuntame­nte por el padre y la madre -a menos que uno de los dos no sea habido. Cabría esperar que en sala este criterio se mantenga, por tratarse de un resguardo en favor del propio adolescent­e.

Sin embargo, los antecedent­es para fundar la petición de cambio de sexo siguen siendo laxos -basta un informe de “salud mental”, o un informe que acredite que el menor no ha sido coaccionad­o por terceros, o que se certifique que el niño o adolescent­e y su entorno familiar han recibido “acompañami­ento” por dos años-, y aun cuando el procedimie­nto debe conocerlo un tribunal de familia, no se contemplan suficiente­s requisitos que hagan más exigente este proceso. Incluso las indicacion­es que buscaban postergar una operación de cambio de sexo hasta cumplida la mayoría de edad fueron rechazadas, lo que justifica contar con más resguardos.

Cabe esperar que en lo que resta de tramitació­n legislativ­a, el proyecto de identidad de género se oriente al sano principio de que todo cambio de nombre y sexo registral sea un proceso por etapas, en el ánimo de abordar una situación excepciona­l y debidament­e diagnostic­ada, y que aquellas decisiones irreversib­les sobre el cuerpo se posterguen hasta cumplida la mayoría de edad.

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