COMPLEJIDADES DEL PROYECTO SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO
La iniciativa carece de los resguardos suficientes para proteger especialmente a niños y adolescentes de decisiones que pueden ser irreversibles.
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El gobierno no pretende dar pie atrás en su afán por aprobar antes del receso legislativo de febrero el proyecto de ley sobre identidad de género, a pesar de las numerosas voces que han advertido sobre la necesidad de que una iniciativa de esta naturaleza, si bien necesaria, sea objeto de una discusión en profundidad, amplia y en ningún caso apresurada, considerando las múltiples dimensiones que abarca esta problemática.
La disforia de género es un trastorno ampliamente documentado por la psiquiatría, donde quienes lo padecen experimentan un conflicto permanente entre su propia identidad sexual respecto de su sexo biológico. La literatura científica da cuenta de que situaciones de esta naturaleza afectan a un porcentaje menor de la población, pero atendidos los graves trastornos que ello puede llegar a representar, los que muchas veces ya se manifiestan desde la niñez, justifican que se brinde una salida legal.
Las principales dificultades que presenta este proyecto tienen que ver con los insuficientes resguardos que se establecen para evitar que una persona, en especial menores de edad, puedan precipitarse en decisiones que podrían afectar su vida o provocar cambios irreversibles, como sería el caso de una operación para modificar su sexo. Parece haber un excesivo énfasis en consagrar el derecho de toda persona a solicitar la rectificación de su sexo y nombre registral, pero sin atender a que una decisión así también debe venir acompañada de exigentes requisitos, que no dejen dudas sobre la pertinencia de esta decisión.
Es indudable que la mayor preocupación de los legisladores debe estar centrada en los menores de edad, en particular en el caso de los infantes. El proyecto que originalmente venía del Senado fue objeto de indicaciones en la Cámara de Diputados, para introducir más límites. En particular, se desechó la pretensión del Ejecutivo de que un mayor de 14 años, pero menor de 18, pudiese invocar la ley sin necesidad del consentimiento de sus padres o tutores, estableciéndose que la solicitud deberá ser presentada conjuntamente por el padre y la madre -a menos que uno de los dos no sea habido. Cabría esperar que en sala este criterio se mantenga, por tratarse de un resguardo en favor del propio adolescente.
Sin embargo, los antecedentes para fundar la petición de cambio de sexo siguen siendo laxos -basta un informe de “salud mental”, o un informe que acredite que el menor no ha sido coaccionado por terceros, o que se certifique que el niño o adolescente y su entorno familiar han recibido “acompañamiento” por dos años-, y aun cuando el procedimiento debe conocerlo un tribunal de familia, no se contemplan suficientes requisitos que hagan más exigente este proceso. Incluso las indicaciones que buscaban postergar una operación de cambio de sexo hasta cumplida la mayoría de edad fueron rechazadas, lo que justifica contar con más resguardos.
Cabe esperar que en lo que resta de tramitación legislativa, el proyecto de identidad de género se oriente al sano principio de que todo cambio de nombre y sexo registral sea un proceso por etapas, en el ánimo de abordar una situación excepcional y debidamente diagnosticada, y que aquellas decisiones irreversibles sobre el cuerpo se posterguen hasta cumplida la mayoría de edad.