“Cualquier diferencia arbitraria entre estudiantes es inconstitucional”
El abogado plantea que el reciente fallo del TC, por el Sernac, puede influir en las atribuciones que se pretende dar a la Superintendencia de Educación Superior.
El asesor legislativo de Chile Vamos, quien patrocinó el requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC), acusando vicios de la normativa del proyecto de educación superior, sostiene que hay aspectos que deberían ser revisados por el organismo.
¿Qué relevancia tiene para este proyecto el fallo del TC de 2015?
Evidentemente marcó un punto de inflexión en la agenda legislativa del gobierno de la Presidenta Bachelet. Nadie podría negar que hay un antes y un después de 2015, y todas las iniciativas educacionales del Ejecutivo, incluidas las glosas presupuestarias de gratuidad posteriores al fallo, han requerido de la colaboración de la oposición para subsanar evidentes problemas de constitucionalidad. Lo anterior ha dado viabilidad política y legislativa a proyectos muy relevantes para el país, como la carrera docente, y en otros casos en los cuales no estábamos de acuerdo, como es el caso de la desmunicipalización escolar, donde a pesar de no contar con los votos para su rechazo, la derecha pudo influir e incidir de manera gravitante, permitiendo que, por ejemplo, los municipios que lo han hecho bien puedan seguir entregando educación de calidad a sus niños.
¿Qué vicios de constitucionali- dad tiene, a su juicio, el proyecto de educación superior?
El gran pilar sobre el cual se funda el fallo del TC del año 2015 es que el verdadero titular del derecho a la educación son los estudiantes y no las instituciones. Con ello, cualquier diferencia arbitraria entre estudiantes basada solo en la naturaleza estatal o privada de la institución a la que asistan, aunque ella quiera ocultarse mediante fórmulas cosméticas como tratar la gratuidad como un “aporte institucional” o “basal”, siendo que estamos evidentemente frente a una “beca del estudiante”, con un arancel regulado para las instituciones, resulta a todas luces inconstitucional.
“El verdadero titular del derecho a la educación son los estudiantes y no las instituciones”.
¿En qué sentido?
Muchos de los vicios de constitucionalidad que traía el proyecto de educación superior han ido subsanándose durante su tramitación en el Senado, producto, principalmente, de acuerdos entre el gobierno y la oposición. Sin embargo, subsisten temas importantes de discrecionalidad administrativa y facultades jurisdiccionales de la Superintendencia, así como las dudas que genera la fórmula de gatillos automáticos para aumentar los deciles beneficiados con la gratuidad, y, finalmente, la obligación de las instituciones de modificar su estructura jurídica con efecto retroactivo.
¿Cómo podría influir el reciente fallo sobre el Sernac en el proyecto de Educación superior?
Este fallo viene a reafirmar una posición que a mí mismo me tocó defender ante el TC en 2014, y es que los órganos de la administración del Estado no pueden atribuirse funciones jurisdiccionales. Hoy esa tesis es precisamente el corazón del fallo del Sernac. Los senadores Ena von Baer y Andrés Allamand manifestaron que algunas atribuciones de la nueva Superintendencia contenían los mismos vicios sobre los que se acaba de pronunciar el TC. Esperemos que en la Comisión de Hacienda puedan eliminarse dichas atribuciones contrarias a la Constitución, sino el TC eventualmente las podría declarar inconstitucionales.b