Corte de Apelaciones valida la suspensión condicional de SQM
Tribunal de alzada rechazó ayer el recurso de apelación interpuesto por el CDE, que buscaba revertir el acuerdo entre la minera no metalica ya la fiscalía. “Seguimos considerando que dada su gravedad esta causa debía ir a juicio, y no ser objeto de una su
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En forma unánime, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó ayer la suspensión condicional de SQM en la causa por cohecho que enfrentaba la empresa, rechazando así el recurso interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE).
El organismo había apelado ante el tribunal de alzada la decisión del Juzgado de Garantía de Santiago que aprobó el acuerdo entre la minera no metálica y la fiscalía para evitar un juicio oral mediante una salida alternativa, la que contempla el desembolso de cerca de $2.500 millones y la exime de una eventual condena como persona jurídica por los delitos que se le imputaron durante la indagatoria.
Así, la única alternativa que le queda al CDE para revertir la decisión es presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema. Ayer, fuentes del organismo aseguraron en privado que dicha opción podría ser estudiada por su comité penal o por el consejo pleno de la institución, aunque calificaron como “poco probable” que se insista ante el máximo tribunal del país, puesto que para justificar dicha presentación debe existir una falta o abuso flagrante de la resolución.
Los argumentos
En el fallo, que fue dado a conocer ayer pasadas las 13 horas, los ministros que revisaron el recurso -Javier Moya, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos- entregaron los argumentos en los que fundaron su decisión, validando en cada uno de ellos la postura defendida durante el proceso por el fiscal Pablo Gómez.
Así, el tribunal de alzada concordó con lo expuesto por el persecutor en sus alegatos, destacando la “discrecionalidad” que le cabe al Ministerio Público para decidir sobre la alternativa de suspensión condicional del procedimiento.
En ese sentido, la corte argumentó que, por tanto, “la función del juez de garantía se centra, no en resolver el fondo jurídico, sino en apreciar la plausibilidad jurídica de la solicitud del fiscal”.
“Es el fiscal quien se encuentra en mejor posición para juzgar la conveniencia del acuerdo como conductor responsable de la investigación; más aún, se debe considerar ese control judicial, si es posible que un tribunal de juicio oral condene a un imputado a una pena que no excede el máximo legal, situación en estrecha relación a la calificación jurídica propuesta por el fiscal que, se insiste, resulta plausible”, agrega el texto.
En ese sentido, la corte sostiene que “es dable argumentar que el control por parte del juez de garantía y por la corte se enfoca a si el acuerdo está dentro del marco de la penalidad exigida por la norma legal citada; concordante, es el fiscal quien representa el interés público o de la sociedad, criterio que debe predominar en todo caso como fenómeno esencial de la salida alternativa, más aún cuando la parte querellante sólo expone un interés diverso que no es prevalente, sustantivo y específico en relación al interés del Ministerio Público”.
La corte además señala en el texto que la decisión de ir o no a juicio oral recae sobre el fiscal. “No puede el querellante decidir pues no le corresponde”, sentencia.
La validación de los argumentos esgrimidos por el fiscal Gómez se suman a otras decisiones que marcan el rumbo que han comenzado a tomar algunas de las investigaciones sobre financiamiento irregular de la política. En el marco del mismo caso, el propio Gómez decretó el sobreseimiento por prescripción a 58 imputados. En el caso Penta, en tanto, se validó una salida alternativa en la investigación contra el senador UDI Iván Moreira, que se fraguó a cambio del pago de $35 millones de parte del parlamentario. Este episodio, unido a la suspensión condicional del procedimiento contra SQM, fueron esgrimidos como argumentos por los fiscales Pablo Norambuena y Carlos Gajardo para renunciar al Ministerio Público.
“La ley es la ley”
El abogado de SQM, Hugo Rivera, valoró ayer la decisión del tribunal de alzada y destacó que se actuó conforme a derecho. “Confiábamos plenamente, porque lo que se estaba pidiendo es lo que la ley dice. Y por eso, nosotros ayer fundamentamos en las alegaciones de que todos estos argumentos de política criminal caerían por su propio peso. La ley es la ley”, sostuvo el jurista. Y agregó: “Estamos muy alegres porque es una salida procesal, jurídica, que da mucha tranquilidad a nuestros representados”.
En ese contexto, el abogado descartó que este acuerdo implique que SQM esté asumiendo un grado de culpabilidad sobre los delitos que se le imputaron. “Tal como lo dije ayer ante la distinguida colega del CDE, muchas veces (la suspensión condicional del procedimiento) no es por reconocimiento de culpabilidad”, dijo.
Quien también celebró el fallo fue el fiscal Gómez. “Estamos tremendamente satisfechos porque como lo dijimos desde un principio, la decisión del Ministerio Público debía pasar el tamiz del tribunal. Ya fue un juez de garantía quien estimó que se daban todos los requisitos que la ley establecía para una salida de esta naturaleza y luego, tras la apelación del CDE y tras ser oído también, la Corte de Apelaciones estimó que concurría cada uno de los requisitos que la propia ley estableció para un caso como este y nos ha dado una vez más la razón”, sostuvo.
La representante del CDE, Lupi Aguirre, lamentó la resolución. “No compartimos la decisión del Ministerio Público, ratificada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones, dados los argumentos que expusimos en estrados y que mantenemos. Seguimos considerando que dada su gravedad esta causa debía ir a juicio, y no ser objeto de una suspensión condicional pero, ciertamente, y como siempre, respetamos la decisión de nuestros tribunales”, dijo la jurista.
En la misma línea, el abogado querellante Mauricio Daza calificó como una “grave señal” el fallo y aseguró que existe en el Ministerio Público un “esfuerzo coordinado” por darle un pronto cierre a las causas relativas al financiamiento ilegal de la política.b