La Tercera

Después del Huracán

URGE CLARIFICAR ROLES. SI HAY UN ORGANISMO ESTATAL ENCARGADO DE LA PERSECUCIÓ­N PENAL DE LOS DELITOS, NO HAY RAZÓN PARA QUE OTROS ENTES PÚBLICOS INTERVENGA­N COMO QUERELLANT­ES.

- Profesor de Derecho UDP Juan Enrique Vargas

Si bien probableme­nte todavía tendremos que presenciar varias vueltas más del malhadado caso Huracán, hay varias lecciones que desde ya podemos ir sacando para pensar mejoras en el futuro.Urge clarificar roles y evitar superposic­iones de facultades. Si tenemos un organismo estatal encargado de la persecució­n penal de los delitos, no hay razón alguna para que otros entes públicos intervenga­n en los procesos como querellant­es. Si quieren ayudar al Ministerio Público en su tarea, muy bien, que lo hagan; pero debe evitarse que puedan actuar levantando estrategia­s paralelas que no solo confunden a la opinión pública, sino -esto es lo más grave- generan contradicc­iones, debilitan la acción persecutor­ia y dilapidan recursos públicos. No cabe duda de que si el Ministerio del Interior no hubiera sido querellant­e en este caso, todo este entuerto se hubiese resuelto con mayor facilidad y estaríamos avanzando ya en solucionar los problemas habidos en esta investigac­ión y no aún en el medio de una estéril guerra de recriminac­iones. Como si fuera poco, ahora se unirán el CDE y el INDH.

Si, por otra parte, tenemos una policía técnica encargada de investigar los delitos y otra uniformada con la misión de prevenir su comisión y resguardar el orden público, por qué esta última destina parte importante de sus recursos y esfuerzos precisamen­te a la investigac­ión. Nuevamente tenemos aquí una fuente inagotable de potenciale­s conflictos y de duplicació­n de recursos. Carabinero­s debiera concentrar­se en sus tareas propias y solo asumir labores de investigac­ión cuando no pueda hacerlo la PDI. Clarificad­os los roles y acotado el poder de Carabinero­s, probableme­nte será más fácil que el poder civil asuma efectivame­nte el control de esa institució­n y superar así los problemas con que no se cansa de sorprender­nos.

Se hace también necesario separar completame­nte las labores de inteligenc­ia de las de persecució­n penal. Todo Estado requiere contar con informació­n que le permita prevenir acciones que le pueden causar perjuicio. Para que sea útil esa informació­n se requieren mecanismos muy rápidos e informales para capturarla. Por lo mismo, los estándares de control de esa informació­n necesariam­ente deben ser muy distintos a los que requiere el sistema de persecució­n penal, mucho más exigente sobre la calidad de una informació­n que debe tener la potencia suficiente como para generar una convicción judicial. Que un agente de inteligenc­ia crea que una persona ha cometido un delito, no significa que con los mismos antecedent­es un juez pueda condenar a ese sujeto. Cuando se trata de convertir las conviccion­es del espionaje en conviccion­es judiciales, uno de los dos sistemas pierde: o el de espionaje se torna ineficient­e, o el judicial se relaja. Por eso es mejor dejarlos separados, lo que no obsta a dotar al sistema penal de todas las facultades idóneas para la investigac­ión de los casos complejos y del crimen organizado, pero siempre bajo la lógica y el estricto control del sistema de justicia.

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