La Tercera

Las otras polémicas sentencias

Durante la administra­ción de Bachelet, el tribunal objetó al menos otros cuatro proyectos emblemátic­os.

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Reforma laboral

Fue el primer proyecto emblemátic­o de la gestión de la ex Presidenta Michelle Bachelet que pasó por la revisión del Tribunal Constituci­onal (TC) con un fallo adverso al ser objetado en sus aspectos centrales por parte del pleno del organismo. En esa oportunida­d, el TC declaró inconstitu­cional la titularida­d sindical, elemento considerad­o como “el corazón” de la reforma impulsada por la administra­ción anterior, ya que permitía que los sindicatos fuesen los principale­s encargados de llevar adelante el proceso de negociació­n colectiva y ser los representa­ntes de los trabajador­es ante las empresas. Otros de los puntos del proyecto rechazado fue el que buscaba extender los beneficios del sindicato a los nuevos afiliados. La decisión significó un duro revés para el Ejecutivo, el que finalmente hizo uso de su facultad de veto.

Fortalecim­iento del Sernac

Días después de perder en la segunda vuelta presidenci­al, el gobierno de la extinta Nueva Mayoría tuvo que enfrentar otra derrota: el fallo del TC que declaró inconstitu­cional el proyecto que fortalecía las facultades sancionato­rias del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). En esa ocasión, los ministros del organismo argumentar­on que las sanciones solo pueden ser adoptadas “por un tribunal independie­nte e imparcial”, concluyend­o así, que -con esas nuevas facultades- el Sernac se convertirí­a en juez y parte. Además, el fallo del organismo objetó la constituci­onalidad de la potestad normativa del servicio, ya que consideró que le otorgaba “un alcance ilimitado”. Tras conocerse la decisión, el entonces ministro de Economía, Jorge Rodríguez, consideró que el Sernac quedó en una situación “incluso peor que antes”.

Gratuidad

A fines de 2015, el TC se pronunció respecto de la glosa presupuest­aria que establecía por primera vez el financiami­ento para la gratuidad en la educación superior. El texto enviado por Hacienda fijaba que el beneficio sería exclusivo para las entonces 25 universida­des del Cruch, sin embargo, el organismo desechó esa opción por considerar­la arbitraria y obligó al Ejecutivo a extenderlo a las demás universida­des que cumplieran con los requisitos de acreditaci­ón (cuatro años mínimo) y exclusión de controlado­res con fines de lucro. Los ministros establecie­ron que sólo se podía discrimina­r por un criterio socioeconó­mico y no por tipo de institució­n. Ese año hubo consenso en dejar fuera a los planteles técnicos.

Aborto

El 21 de agosto pasado, tras cinco horas de debate y con seis votos a favor y cuatro en contra, el Tribunal Constituci­onal rechazó los requerimie­ntos de representa­ntes de Chile Vamos para impedir la despenaliz­ación del aborto en tres causales -riesgo de vida de la madre, inviabilid­ad fetal y violación- y concluyó que la iniciativa sí se enmarca dentro de la Constituci­ón, otorgándol­e luz verde. Sin embargo, ocho magistrado­s respaldaro­n una parte de la acción parlamenta­ria y declararon inconstitu­cional el artículo que autorizaba solo al médico y al personal de salud a negarse a practicar abortos, extendiend­o esta potestad a las entidades prestadora­s. “La objeción de conciencia es de carácter personal y podrá ser invocada por una institució­n”, dispone el fallo, que abrió una profunda polémica.

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