Condenan a 14 años a Briganti por muerte de universitarios
Incidente se produjo en mayo de 2015, en medio de una marcha estudiantil. Fiscalía no descarta pedir la nulidad.
El Tribunal Oral de Valparaíso condenó ayer a 14 años de cárcel a Giuseppe Briganti, el joven que el 14 de mayo de 2015 disparó una bala que dio muerte a dos estudiantes –Exequiel Borbarán (18) y Diego Guzmán (25)- que participaban en una marcha universitaria, en Valparaíso.
En el fallo, los jueces consideraron la atenuante de irreprochable conducta anterior “y que esta debe, de alguna manera, morigerar el castigo. Existe una gran extensión de daño, pero una fracción de esta es compensada por el valor de esta atenuante”.
La decisión del tribunal no dejó disconformes a los familiares de las víctimas y a la fiscalía, que solicitaba 12 años y 180 días por cada crimen, y 4 y 3 años de cárcel, respectivamente, por los delitos de tráfico de drogas y tenencia y porte ilegal de arma de fuego.
Sin embargo, estos dos últimos ilícitos ya habían sido absueltos, tras considerar los magistrados que el arma con la que se cometió el delito y las sustancias ilícitas encontradas en la vivienda pertenecían al padre del imputado.
Olga Salinas, madre de Exequiel, dijo que “yo acepté las disculpas (de Briganti), pero una cosa es aceptar disculpas y otra es quedar conforme con la sentencia. Hubiese esperado al menos lo que pedía la fiscal, que eran 25 años para estar preso”.
Abner Borbarán agregó que “no corresponde a la sentencia la magnitud del daño familiar, la destrucción de toda una familia, de un proyecto de juventud. Me voy desconsolado, no conforme, muy triste. Solo pido que Dios nos dé paz”.
La madre de Diego, Alicia Farías, sostuvo que “estoy sumamente mal, ¿14 años? ¿Eso vale la vida de mi hijo? No lo puedo entender, es algo totalmente injusto, él destruyó a mi familia y a los jueces no les importó”.
Ministerio Público
La fiscal Mónica Arancibia también se mostró sorprendida con la resolución. Dijo que aunque no se haya condenado por la Ley de Control de Armas, “se aplica un artículo (de esa legislación) que dice que no se puede bajar o subir la pena cuando se comete un delito con arma de fuego. Y el rango de pena por un solo delito era de 10 años y un día a 15 años”.
Agregó que “vamos a tener que revisar el fallo para ver cómo el tribunal llegó a determinar esta pena única y evaluar un recurso de nulidad, con lo que ello implica”.
El fallo sostiene que “la pena, para estos jueces, aparece como proporcional y justa, al ser mayor que la de un solo homicidio (porque el hecho fue más grave que aquello), pero más atenuada que dos homicidios en concurso material, ya que al final todo deriva de un mismo suceso causal”.
El abogado defensor de Briganti, Miguel Alfaro, opinó que “en términos generales nos parece un fallo que aplicó una pena que está dentro de la ley, aunque no compartamos precisamente el cuánto de la misma. Hay que revisar con detención el fallo para tener claridad de los argumentos que da el tribunal, pero no nos parece lejano de una pena justa”.b