La Tercera

Opinión injusta

LO QUE DESLIZÓ EL PRESIDENTE EN RELACIÓN A LAS PENSIONES QUE RECIBEN QUIENES ESTÁN PRESOS EN PUNTA PEUCO ES INCONSTITU­CIONAL, INJUSTO E INHUMANO.

- Axel Buchheiste­r Abogado

El Presidente Piñera ahora las emprendió en contra de las pensiones de los presos de Punta Peuco. En una entrevista expresó que “me parece muy mal que una persona que cometió delitos atroces esté recibiendo ese tipo de pensiones del Estado, pero eso es porque así lo establecen las leyes”. Y añadió que “estamos haciendo un esfuerzo muy grande por corregir ese tipo de situacione­s que hiere y atenta la conciencia de todos los hombres y mujeres”, de lo que todos entendiero­n que vería la forma de quitársela­s.

¿Hay una nueva embestida presidenci­al contra los militares para congraciar­se con la izquierda, por lo que sucedió hace más de 40 años? Al menos, se advierte poca voluntad de asumir costos políticos y oponer resistenci­a frente a cualquier cosa “popular” que se le plantea. Así, ante las protestas feministas modificare­mos la Constituci­ón para que diga con más palabras lo que ya dice: que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”.

Como eso de quitar las pensiones no estaba en ningún plan, fuentes de gobierno tuvieron que salir a precisar que las modificaci­ones que se estudian no tendrán efecto retroactiv­o; o sea, que no se va a hacer lo que insinuó el Presidente. Más aún, que el primer mandatario se refería a revisar el régimen de previsión de las FF.AA. y Carabinero­s, en cuanto ha permitido que algunos (¡hasta un obispo!) hayan obtenido más de una pensión y por montos inusualmen­te elevados. Por su parte, varios diputados oficialist­as se opusieron a que se afecten las pensiones de dichos presos, incluso uno que trabajó en el “segundo piso” en la primera administra­ción Piñera.

Pero nadie dejó en claro que lo que deslizó el Presidente es inconstitu­cional, injusto e inhumano. Si bien el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN) argumentó acertadame­nte que la pensión es un derecho constituci­onal, se quedó corto, ya que la Carta Fundamenta­l señala taxativame­nte que “no podrá aplicarse como sanción la pérdida de derechos previsiona­les”, sin hacer excepción. O sea que a nadie, no importa el delito que haya cometido, se le puede privar de las prestacion­es de seguridad social que le correspond­en. Ya que sería injusto, no sólo porque se ha aportado monetariam­ente para percibirla­s, sino por constituir un ensañamien­to que el Estado, aparte de aplicar la cárcel como castigo, deje al condenado en indefensió­n en la vejez.

Indefensió­n que en este caso tiene un alcance adicional: los acusados de violacione­s a los derechos humanos son los únicos perseguido­s penalmente a los que actualment­e el Estado no provee asistencia jurídica y tienen que financiarl­a como puedan. Y descontada alguna generosida­d de terceros, sólo tienen para eso su pensión. Pero no sólo ellos quedarían desamparad­os al final de sus vidas, sino que también sus cónyuges, pues no hay que olvidar que en esa época las mujeres no solían trabajar, de modo que sin esas pensiones muchas enfrentarí­an la miseria. ¿Qué opina al respecto la hoy empoderada ministra de la Mujer, no sería eso inhumano?

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