LA PROPUESTA DEL GOBIERNO
1 Elimina orden de prelación
“El proyecto no establece un orden de prelación determinado, sino que establece algunos requisitos para los adoptantes (por ejemplo: ser mayores de 25 años de edad y menores de 60, tener una diferencia mínima de 20 años y máxima de 45 años de edad con el adoptado) (…). Además, tratándose de dos solicitantes vinculados entre sí, se debe considerar especialmente la estabilidad y antigüedad de su relación, y su actuar de consuno, que permita asegurar cumplir con los fines de la adopción previstos en esta ley, como también la existencia de un ambiente familiar donde se pueda ejercer adecuadamente el rol de padre y madre”.
2 Plazo para inicio de procedimiento
“Con la finalidad de evitar dilaciones innecesarias, se establece que una vez declarada la adoptabilidad, debe iniciarse un procedimiento de adopción en un plazo máximo de tres meses prorrogables por otros tres por resolución judicial. Así, se da la opción a que, por ejemplo, se requiera más tiempo para la ejecución de un programa de preparación para el niño”.
3 Adopción por residentes en Chile
“Se regula por primera vez la adopción por parte de residentes en el país, de niños, niñas y adolescentes residentes en el extranjero. Se debe facilitar la información, documentación, entrevistas y visitas domiciliarias que se requieran para la emisión de los informes de seguimiento posadoptivo exigidos por el Estado de origen”.
4 Regulación por cesión voluntaria desde el embarazo
“La mujer embarazada puede manifestar durante el embarazo su voluntad de dar a su hijo en adopción. En ese caso, dentro de 10 días hábiles desde el nacimiento, el tribunal cita a una audiencia de ratificación a la madre, y al padre, si lo hubiere. El tribunal fallará teniendo presente la ratificación y un informe que haya emitido y presente en la audiencia el Servicio Nacional de Menores (o quien lo reemplace)”.