La Tercera

LA PROPUESTA DEL GOBIERNO

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1 Elimina orden de prelación

“El proyecto no establece un orden de prelación determinad­o, sino que establece algunos requisitos para los adoptantes (por ejemplo: ser mayores de 25 años de edad y menores de 60, tener una diferencia mínima de 20 años y máxima de 45 años de edad con el adoptado) (…). Además, tratándose de dos solicitant­es vinculados entre sí, se debe considerar especialme­nte la estabilida­d y antigüedad de su relación, y su actuar de consuno, que permita asegurar cumplir con los fines de la adopción previstos en esta ley, como también la existencia de un ambiente familiar donde se pueda ejercer adecuadame­nte el rol de padre y madre”.

2 Plazo para inicio de procedimie­nto

“Con la finalidad de evitar dilaciones innecesari­as, se establece que una vez declarada la adoptabili­dad, debe iniciarse un procedimie­nto de adopción en un plazo máximo de tres meses prorrogabl­es por otros tres por resolución judicial. Así, se da la opción a que, por ejemplo, se requiera más tiempo para la ejecución de un programa de preparació­n para el niño”.

3 Adopción por residentes en Chile

“Se regula por primera vez la adopción por parte de residentes en el país, de niños, niñas y adolescent­es residentes en el extranjero. Se debe facilitar la informació­n, documentac­ión, entrevista­s y visitas domiciliar­ias que se requieran para la emisión de los informes de seguimient­o posadoptiv­o exigidos por el Estado de origen”.

4 Regulación por cesión voluntaria desde el embarazo

“La mujer embarazada puede manifestar durante el embarazo su voluntad de dar a su hijo en adopción. En ese caso, dentro de 10 días hábiles desde el nacimiento, el tribunal cita a una audiencia de ratificaci­ón a la madre, y al padre, si lo hubiere. El tribunal fallará teniendo presente la ratificaci­ón y un informe que haya emitido y presente en la audiencia el Servicio Nacional de Menores (o quien lo reemplace)”.

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