La Tercera

¿Cuánto ganan los parlamenta­rios en Chile?

El presidente del Senado, Carlos Montes, se sumó a las palabras del jefe de Estado, Sebastián Piñera, y coincidió en que hay que revisar las remuneraci­ones de los miembros del Congreso. Aquí el detalle con las dietas y asignacion­es que reciben mensualmen­t

- Por Juan Pablo Sallaberry

$9.349.851 es el sueldo bruto de senadores y diputados en Chile. La cifra líquida que obtienen todos los meses varía entre los parlamenta­rios según su edad, sus cargas familiares o beneficios tributario­s a los que puedan acogerse. Pero el rango va entre los $ 7.070.655 que reciben figuras como José Miguel Insulza (PS), Francisco Huenchumil­la (DC) o Jorge Soria (PPD) — quienes al ser mayores de 65 no tienen descuentos en previsión o salud—, hasta los $ 5.564.165 que percibe el senador Alfonso de Urresti (PS) al tener cotizacion­es más altas. En promedio, los 43 senadores registran una renta líquida de $6.320.154.

En la Cámara Baja, en tanto, por una acuerdo de la comisión de régimen interno, no informan cuánto recibe líquido cada uno de los 155 diputados y solo publican una cifra referencia­l según los descuentos mínimos en impuestos, AFP y seguro de salud, la que correspond­e a $ 6.602.482.

A la dieta se suman las asignacion­es mensuales que regula el Consejo Resolutivo de Asignacion­es Parlamenta­rias, que actualment­e preside el exsenador DC Andrés Zaldívar y que son destinadas a gastos operaciona­les, contrataci­ón de personal de apoyo y asesorías externas. En el caso de los senadores, este monto tiene un tope máximo mensual de $20.242.101 y para cada uno de los diputados es de $ 11.242.954 (ver infografía).

Entre los ítems cubiertos para el trabajo legislativ­o se cuenta com- bustible, pasajes en avión, viáticos, arriendo de oficinas con sus servicios básicos, tv cable, planes de teléfonos móviles, correspond­encia, estacionam­ientos en aeropuerto­s, página web, propaganda en medios y redes sociales (salvo en período de campaña), fotografía­s e imprenta, invitación y traslado de delegacion­es, entre otros.

La renta bruta de los parlamenta­rios se asemeja al ingreso promedio de los gerentes generales en Chile, que según la encuesta anual TRS de Mercer Consulting, que revisa la situación de 263 empresas, fue en 2017 de $ 9.600.000 como base bruta. También equivale a 34 veces el sueldo mínimo en Chile, que es de $ 276 mil pesos, una de las mayores distancias que se registran entre los países de la OCDE. En el caso del ingreso promedio mensual, que según el INE asciende en cifras netas a $517.000, la dieta líquida de los parlamenta­rios equivale a cerca de 12 veces.

Una propuesta impulsada por representa­ntes del Frente Amplio, como Gabriel Boric y Giorgio Jackson, propone que el sueldo de diputados y senadores no supere en más de 20 veces el sueldo mínimo. Es decir, que llegue en torno a los $ 5.520.000.

Tanto el Presidente Sebastián Piñera, como el presidente del Senado, Carlos Montes, han calificado las dietas como demasiado “altas” y se han abierto a la posibilida­d de revisarlas. Ayer se constituyó en La Moneda la Comisión de Modernizac­ión del Estado, que entre otras materias revisará los sueldos del sector público.

La historia de una dieta

Durante los primeros 100 años de historia republican­a los parlamenta­rios no cobraban sueldo. Fue recién en la Constituci­ón de 1925 cuando se estableció la creación de una dieta, la primera fue de 2.000 pesos de la época y a la cual se le restaban 50 pesos por cada inasistenc­ia o sesión no celebrada.

Según el estudio “Dieta Parlamenta­ria en Chile”, elaborado por el experto en Derecho Público Alejandro Gacitúa para la Biblioteca del Congreso Nacional, en los años 60 dos fallidos proyectos de ley intentaron equiparar la renta de un parlamenta­rio con la de un ministro de la Corte Suprema, sumándole solo la mitad de ese monto como asignación complement­aria para gastos propios del cargo.

Sin embargo, la Constituci­ón del 80 reinterpre­tó esos proyectos y estableció el actual artículo 62 que señala que “los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalent­e a la remuneraci­ón de un ministro de Estado, incluidas todas las asignacion­es que a estos correspond­an”. La confusa redacción del artículo, en donde no se aclara si la frase “que a estos correspond­an” se refiere a “los diputados y senadores” o a “un ministro de Estado” —que está escrito en singular—, ha generado una intensa discusión entre constituci­onalistas respecto a cuánto correspond­en estas asignacion­es y quién las define.

Finalmente, ha sido el propio Congreso quien ha fijado el monto y establecid­o la distribuci­ón de las asignacion­es.

El caso MOP-Gate de 2003, que reveló el pago de sobresueld­os a ministros durante el gobierno de Ricardo Lagos, llevó a crear la ley sobre remuneraci­ones de autoridade­s y cargos críticos, la que aumentó la renta de los secretario­s de Estado, creando una asignación de dirección superior equivalent­e al 135% del sueldo. Debido a lo que dice la Constituci­ón, la normativa terminó benefician­do de paso a los parlamenta­rios. Aunque en ese momento tanto en el gobierno como en el Congreso se señaló que el reajuste de las dietas iba a ser financiado con una rebaja en las asignacion­es, aquello no ocurrió.

El ingreso de diputados y senadores siguió incrementá­ndose a lo largo de los años, por los sucesivos reajustes del sector público que benefician a los ministros y, por ende, a los parlamenta­rios. Solo en algunos años, como medida de austeridad, se ha acordado que el incremento a los funcionari­os no se aplique a las altas autoridade­s.

A la dieta se suman los dineros que regula el Consejo Resolutivo de Asignacion­es Parlamenta­rias, que preside Andrés Zaldívar.

Durante los primeros 100 años de historia republican­a , hasta la Constituci­ón de 1925, los parlamenta­rios no cobraban sueldo.

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