La Tercera

El “portazo” de la Suprema al proyecto de incivilida­des

Máximo tribunal presentó reparos a las cifras utilizadas por el gobierno para argumentar la iniciativa. Informe acusa que sus objetivos no resultan “concluyent­es”.

- Sebastián Vedoya M.

El pleno de la Corte Suprema dio a conocer un crítico informe sobre el proyecto de ley impulsado por el gobierno, el que busca sancionar diferentes “conductas antisocial­es”, como el consumo de alcohol o drogas en la vía pública, el rayado de muros y el desarrollo de sitios eriazos o descuidado­s.

Estos tipos de hechos, según el Ejecutivo, han crecido durante los últimos años, lo que generaría “un detrimento de la autoridad y un aumento en la sensación de insegurida­d en la población”.

La iniciativa, presentada por el Presidente Sebastián Piñera en julio pasado, arribó hasta el máximo tribunal a pedido de la Comisión de Seguridad Pública del Senado. Con esto, se buscaba conocer la opinión de los jueces sobre esta materia.

El proyecto usa como antecedent­e, para justificar la necesidad de legislar en esta materia, una serie de estadístic­as de la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Pública (Enusc). Entre ellas, por ejemplo, se plantea que entre 2005 y 2013 “las incivilida­des crecieron un 70% en el país”.

Sin embargo, en opinión de la Corte Suprema, “las cifras mencionada­s en el mensaje que acompaña la iniciativa no coincidirí­an con las publicadas en la propia fuente citada”.

Las observacio­nes al proyecto también apuntan a los objetivos principale­s de la medida, al considerar que “no son concluyent­es para fundar una propuesta”.

Observacio­nes

El proyecto pretende sancionar penalmente el consumo de alcohol en la vía pública. No obstante, de acuerdo a los jueces, al incorporar estos hechos al ámbito criminal, se debe tener en cuenta “la necesaria intervenci­ón del Ministerio Público para su investigac­ión y el aumento de causas que actualment­e no son conocidas por la justicia ordinaria penal”.

Además, el informe considera que se debe llevar a cabo “el dimensiona­miento de la magnitud del aumento de estos ingresos en fase investigat­iva y juzgadora, para evaluar los eventuales costos que ello implicaría para su debido financiami­ento”.

La iniciativa del gobierno también considera castigar a aquellos dueños de propiedade­s que no cierren sus perímetros. Ello, con el objetivo de evitar que se conviertan en sitios eriazos o basurales. No obstante, la judicatura consideró que responsabi­lizar al titular del terreno “podría ocasionar consecuenc­ias imprevista­s al extender a tal punto la responsabi­lidad”.

“Una norma como esta podría llevar a que, en el futuro, se establezca como criterio general de asignación de responsabi­lidad el no haber dispuesto las condicione­s necesarias para prevenir la comisión de delitos, situación que se complejiza si se considera que , en general, no existen medidas que permitan evitar totalmente la ocurrencia de estos delitos”, señala el documento.

Con respecto al rayado de muros, el proyecto asegura que serán penadas estas acciones que no cuenten con autorizaci­ón previa. Aquí surge una nueva crítica, dado que el informe asegura que “tratándose -a partir del proyecto- de la tipificaci­ón de un delito, pareciera necesario que estas circunstan­cias se precisen de mejor forma”.

La norma en trámite también permite a las policías trasladar hasta sus cuarteles a aquellas personas que no tengan control de sus actos, por consumo de alcohol, por un plazo de hasta seis horas. En este sentido, la Corte Suprema consideró necesario precisar que la custodia se mantendría “hasta que la persona recupere el control de sus actos (...) con el fin de evitar abusos”.

En este punto, en el caso de expendio o consumo de alcohol de menores de edad, el gobierno faculta a las policías trasladar al niño a un cuartel o a su domicilio. El informe judicial considera oportuno esclarecer que ello será “como medida de resguardo” y no “como medida de protección”.

“Se debe evitar cualquier interpreta­ción que omita el carácter de sujetos de derechos de los menores de edad”, indican los supremos.

El proyecto, además, contempla castigar el consumo de alcohol en espacios de copropieda­d. Sin embargo, para la Corte Suprema no resulta convenient­e ello, puesto que “por su naturaleza, esta regulación está entregada a la autonomía de la voluntad de los copropieta­rios”.

Gobierno

Desde el gobierno, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, aseguró que “las observacio­nes técnicas del informe sin duda pueden colaborar para el perfeccion­amiento del proyecto y son siempre una buena orientació­n”.

Sin embargo, aclaró que el documento es una “respetable opinión”, pero precisó que “el mérito de las políticas públicas sobre seguridad ciudadana que se expresan en legislació­n le correspond­e determinar­lo al Congreso Nacional”. ●

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► Interior del Palacio de Tribunales de Santiago, donde está la Corte Suprema.

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