El “portazo” de la Suprema al proyecto de incivilidades
Máximo tribunal presentó reparos a las cifras utilizadas por el gobierno para argumentar la iniciativa. Informe acusa que sus objetivos no resultan “concluyentes”.
El pleno de la Corte Suprema dio a conocer un crítico informe sobre el proyecto de ley impulsado por el gobierno, el que busca sancionar diferentes “conductas antisociales”, como el consumo de alcohol o drogas en la vía pública, el rayado de muros y el desarrollo de sitios eriazos o descuidados.
Estos tipos de hechos, según el Ejecutivo, han crecido durante los últimos años, lo que generaría “un detrimento de la autoridad y un aumento en la sensación de inseguridad en la población”.
La iniciativa, presentada por el Presidente Sebastián Piñera en julio pasado, arribó hasta el máximo tribunal a pedido de la Comisión de Seguridad Pública del Senado. Con esto, se buscaba conocer la opinión de los jueces sobre esta materia.
El proyecto usa como antecedente, para justificar la necesidad de legislar en esta materia, una serie de estadísticas de la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Pública (Enusc). Entre ellas, por ejemplo, se plantea que entre 2005 y 2013 “las incivilidades crecieron un 70% en el país”.
Sin embargo, en opinión de la Corte Suprema, “las cifras mencionadas en el mensaje que acompaña la iniciativa no coincidirían con las publicadas en la propia fuente citada”.
Las observaciones al proyecto también apuntan a los objetivos principales de la medida, al considerar que “no son concluyentes para fundar una propuesta”.
Observaciones
El proyecto pretende sancionar penalmente el consumo de alcohol en la vía pública. No obstante, de acuerdo a los jueces, al incorporar estos hechos al ámbito criminal, se debe tener en cuenta “la necesaria intervención del Ministerio Público para su investigación y el aumento de causas que actualmente no son conocidas por la justicia ordinaria penal”.
Además, el informe considera que se debe llevar a cabo “el dimensionamiento de la magnitud del aumento de estos ingresos en fase investigativa y juzgadora, para evaluar los eventuales costos que ello implicaría para su debido financiamiento”.
La iniciativa del gobierno también considera castigar a aquellos dueños de propiedades que no cierren sus perímetros. Ello, con el objetivo de evitar que se conviertan en sitios eriazos o basurales. No obstante, la judicatura consideró que responsabilizar al titular del terreno “podría ocasionar consecuencias imprevistas al extender a tal punto la responsabilidad”.
“Una norma como esta podría llevar a que, en el futuro, se establezca como criterio general de asignación de responsabilidad el no haber dispuesto las condiciones necesarias para prevenir la comisión de delitos, situación que se complejiza si se considera que , en general, no existen medidas que permitan evitar totalmente la ocurrencia de estos delitos”, señala el documento.
Con respecto al rayado de muros, el proyecto asegura que serán penadas estas acciones que no cuenten con autorización previa. Aquí surge una nueva crítica, dado que el informe asegura que “tratándose -a partir del proyecto- de la tipificación de un delito, pareciera necesario que estas circunstancias se precisen de mejor forma”.
La norma en trámite también permite a las policías trasladar hasta sus cuarteles a aquellas personas que no tengan control de sus actos, por consumo de alcohol, por un plazo de hasta seis horas. En este sentido, la Corte Suprema consideró necesario precisar que la custodia se mantendría “hasta que la persona recupere el control de sus actos (...) con el fin de evitar abusos”.
En este punto, en el caso de expendio o consumo de alcohol de menores de edad, el gobierno faculta a las policías trasladar al niño a un cuartel o a su domicilio. El informe judicial considera oportuno esclarecer que ello será “como medida de resguardo” y no “como medida de protección”.
“Se debe evitar cualquier interpretación que omita el carácter de sujetos de derechos de los menores de edad”, indican los supremos.
El proyecto, además, contempla castigar el consumo de alcohol en espacios de copropiedad. Sin embargo, para la Corte Suprema no resulta conveniente ello, puesto que “por su naturaleza, esta regulación está entregada a la autonomía de la voluntad de los copropietarios”.
Gobierno
Desde el gobierno, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, aseguró que “las observaciones técnicas del informe sin duda pueden colaborar para el perfeccionamiento del proyecto y son siempre una buena orientación”.
Sin embargo, aclaró que el documento es una “respetable opinión”, pero precisó que “el mérito de las políticas públicas sobre seguridad ciudadana que se expresan en legislación le corresponde determinarlo al Congreso Nacional”. ●