La Tercera

Río Silala: contramemo­ria y demanda reconvenci­onal

- Soledad Alvear Abogada

Nuestro país demandó a Bolivia ante la Corte Internacio­nal de Justicia de La Haya respecto del estatus y uso de las aguas del río Silala. En su demanda, Chile explicó que la calidad de curso de agua internacio­nal del río nunca fue discutido hasta que, a partir de 1999, Bolivia reclamó dichas aguas como exclusivam­ente bolivianas. De acuerdo a la conformaci­ón geológica de la zona, las aguas del Silala fluyen naturalmen­te hacia Chile producto de la ley de gravedad, por encontrars­e nuestro país aguas abajo. De acuerdo al derecho internacio­nal, al tratarse de un recurso hídrico compartido, debe dársele a éste un uso equitativo y razonable entre Chile y Bolivia.

En la parte petitoria de su demanda, Chile solicitó a la Corte que decida y declare que el sistema del río Silala, junto con las porciones de las aguas subterráne­as del mismo, constituye­n un curso de agua internacio­nal; que Chile tiene derecho a realizar un uso equitativo y razonable de las aguas, de acuerdo al derecho internacio­nal; y que tiene derecho al uso actual que efectúa de las aguas del río Silala.

Recienteme­nte, Bolivia presentó la contramemo­ria con sus argumentos. De acuerdo a lo declarado por autoridade­s bolivianas a la prensa de ese país, Bolivia señalaría ahora que el caudal considerab­le de las aguas del Silala fluye artificial­mente hacia territorio chileno, por las obras de canalizaci­ón realizadas el siglo pasado. Sorprende esta argumentac­ión, tomando en especial considerac­ión que la concesión a una empresa privada (Ferrocarri­l Antofagast­a Bolivia) respecto de las aguas del Silala en territorio boliviano, que comprendía la autorizaci­ón para que dicha empresa efectuara trabajos de canalizaci­ón en territorio de ese país, la otorgó la propia Bolivia en 1908; concesión que se mantuvo inalterabl­e por casi 90 años, hasta el año 1997. Cabe señalar que en 1906, Chile había otorgado una concesión a la misma empresa para la utilizació­n de las aguas del Silala en territorio chileno, esto es, mucho antes de las obras de canalizaci­ón que realizaría la empresa con el expreso consentimi­ento de las autoridade­s bolivianas en territorio de dicho país. Los estudios científico­s, por su parte, señalan que el Silala es un río activo, cuyas aguas fluyen naturalmen­te al territorio de Chile hace miles de años.

Sorprende también que Bolivia, a última hora, junto con presentar la contramemo­ria decidiera efectuar una demanda reconvenci­onal en contra de Chile en la que solicita, según la prensa, que la Corte declare que Bolivia tiene soberanía sobre esos canales situados en territorio boliviano, y que ese país puede mantener o destruir dichas obras, lo que demuestra la zigzaguean­te estrategia que ha seguido Bolivia.

Finalmente, cabe señalar que la retórica no le será de mucha ayuda a Bolivia. La evidencia científica será un elemento muy relevante para la resolución del caso, y esa evidencia respalda en forma abrumadora la posición sustentada por nuestro país.

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