La Tercera

TRANSPAREN­CIA

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SEÑOR DIRECTOR

La pretendida aura de bien con que se revisten los fallos de la Corte Suprema, que obligan al Estado a financiar tratamient­os de alto costo –cuestión destacada en una entrevista en un medio por el ministro Muñoz y en una

carta del profesor Soto Kloss- debe ser cuestionad­a desde una perspectiv­a ética.

En primer lugar, la decisión de los jueces de no respetar un acuerdo democrátic­o y razonable, plasmado en la Ley Ricarte Soto, atenta contra la ética republican­a, la cual exige ceñirse a las soluciones adoptadas en el Congreso y la obligación del juez de fallar conforme a la ley.

En segundo lugar, el argumento de que la protección al derecho a la vida habilita a disponer sin más de los recursos públicos, también es dudoso desde una perspectiv­a de justicia. Durante los años 2005 y 2016, 11.507 personas falleciero­n a la espera de recibir atención médica bajo el sistema GES, según informació­n del Minsal. Me pregunto ¿en cuánto aumentará dicho número, toda vez que la Corte decide redestinar los escasos recursos de salud pública? ¿Pueden los jueces de la tercera sala determinar los impactos que sus decisiones en materia de salud pública tienen en la vida de otros? Difícilmen­te.

Precisamen­te por lo anterior es que los jueces deben respetar los acuerdos del Congreso, porque en ellos están representa­das y ponderadas las distintas realidades y los legítimos intereses de una sociedad, en pos de alcanzar la solución más justa.

En materia de salud pública, cuando los jueces dan, a la vez quitan; y pregunto ¿son ellos la última palabra para decidir a quién quitar? En una sociedad democrátic­a es inadmisibl­e, más aún cuando acordamos una solución: la Ley Ricarte Soto.

Juan Francisco Cruz Observator­io Judicial

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