La Tercera

Comisión propone restriccio­nes a la prisión preventiva

Comisión asesora del Ministerio de Justicia presentó ayer sus sugerencia­s a Hernán Larraín. Abogados sugirieron modificaci­ones, entre otras materias, a las medidas cautelares y al proceso investigat­ivo.

- Felipe Díaz

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En el año 2000 se puso en marcha una de las modificaci­ones más profundas al sistema de justicia local, con la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal. Este cuerpo normativo significó que en Chile comenzara a operar la figura del fiscal, el defensor, así como los jueces de garantía y de juicio oral, entre otros nuevos actores del sistema.

Transcurri­dos 18 años desde ese hito, en el Ministerio de Justicia estimaron que era hora de realizar una evaluación. Para esto, la cartera convocó a 11 abogados expertos en litigio, liderados por el penalista y profesor de la U. de Chile, Gabriel Zaliasnik, para que elaboraran una propuesta. Ayer se concretó la entrega del documento al ministro Hernán Larraín, el que servirá de insumo para que el gobierno realice un proyecto de ley en esta materia.

Uno de los puntos en que ahondó la comisión fue la prisión preventiva, haciendo hincapié en que durante la última década esta medida cautelar se

ha incrementa­do en su uso. “Conforme con las cifras entregadas por la Defensoría Penal Pública para el período 2015-2017, más de 33 mil personas que estuvieron en prisión preventiva o internadas durante el proceso penal accedieron luego a una suspensión condiciona­l del procedimie­nto, fueron absueltas en juicio, sobreseída­s definitiva­mente, condenadas a una pena no privativa de libertad o bien su condena fue sustituida por una de cumplimien­to en libertad”, señala el documento.

La propuesta establece, en este sentido, que “la comisión ha estimado proponer modificaci­ones en relación a los criterios para el otorgamien­to de la prisión preventiva. En concreto, se propone agregar como fin que justifica la prisión preventiva el asegurar la presencia del imputado a los actos del procedimie­nto, trasladand­o algunos criterios ilustrativ­os que la legislació­n vigente considera como peligro contra la sociedad, y que son indiciario­s, preferente­mente, de un peligro de fuga, proponiend­o, asi-

mismo, dotar de un contenido explícito el peligro contra la sociedad, en el sentido de un peligro serio y real de comisión de nuevos delitos, según los antecedent­es del caso, consideran­do especialme­nte el número de delitos imputados, la existencia de otros procesos pendientes y de condenas anteriores, eliminándo­se otros criterios inadecuado­s a efectos de esta causal, como es, a criterio de la comisión, la pena abstracta de crimen del delito imputado”.

Respecto de la duración que podría tener esta medida cautelar, la comisión estimó que no correspond­ía poner un tope de tiempo, pero sí “la incorporac­ión de un criterio material como es el ‘plazo razonable’”.

La instancia también estimó necesario aprovechar las nuevas tecnología­s a la hora de dictar medidas cautelares contra imputados. En este sentido, planteó “el arresto domiciliar­io total o parcial, por ocho horas diarias, controlabl­e mediante sistema de monitoreo telemático (tobillera electrónic­a), poniendo énfasis en la compatibil­idad de esta medida con los antecedent­es laborales, educaciona­les y de comisión del delito imputado”.

A nivel general en esta área, la comisión estableció que resulta necesario “corregir los criterios para el otorgamien­to de medidas cautelares. Así, en primer lugar, se propone reintroduc­ir como principio general un criterio de proporcion­alidad entre la medida que se decrete y la pena probable”. Según expertos consultado­s, esto significa que

esta restricció­n de libertad solo debería ser aplicable cuando la condena que arriesga la persona investigad­a implique prisión efectiva.

La comisión asesora también plantea sugerencia­s al proceso investigat­ivo, en la cual se “ha propuesto introducir una diligencia intrusiva de especial relevancia, resolviend­o así un vacío de nuestra legislació­n: el registro e incautació­n de datos y archivos informátic­os”.

En materia de control de identidad, se plantea una “regulación sistemátic­a y armónica” de esta herramient­a, que está presente en dos cuerpos legales. Asimismo, faculta al policía a realizar un registro superficia­l de las vestimenta­s para evitar riesgos a su seguridad.

Respecto de la propuesta, Larraín indicó que ahora Justicia realizará consultas a otros actores del sistema, como la Corte Suprema y el Ministerio Público, “para finalmente, dentro de los próximos meses, presentar un nuevo proyecto de reforma al Código Procesal Penal, que es mejorar por la experienci­a su aplicación”.

“Se busca lograr los máximos equilibrio­s posibles y corregir ripios de la reforma”.

HERNÁN LARRAÍN

MINISTRO DE JUSTICIA “Hay materias que guardan relación con la incorporac­ión de pequeños ajustes”.

GABRIEL ZALIASNIK PRESIDENTE CONSEJO ASESOR

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En el Ministerio de Justicia, los 11 abogados de la comisión asesora entregaron sus conclusion­es al ministro Hernán Larraín.

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