La Tercera

Sernac y corrección de contratos bancarios

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La creciente digitaliza­ción de la economía y los servicios en general, exige una actualizac­ión permanente de los contratos entre las empresas y los consumidor­es. De lo contrario, corren el riesgo de quedar obsoletos o bien caer en una mala política. Esta semana se conoció que, luego de casi dos años, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) alcanzó un acuerdo con ocho entidades bancarias con miras a eliminar de los contratos con sus clientes una serie de cláusulas relativas a eventuales fraudes. A juicio del Sernac, a través de dichas cláusulas, los bancos buscaban eximirse anticipada­mente de su responsabi­lidad en caso de que los consumidor­es fueran víctimas de fraudes realizados por terceros, entre ellos, engaños como phishing y pharming (técnicas para obtener los datos privados del usuario), y el uso fraudulent­o de sus claves.

El proceso liderado por el Servicio concluyó de manera positiva. Existían algunas cláusulas abusivas en esta materia que ameritaban una corrección. Al mismo tiempo, es valioso el hecho de que los bancos hayan mostrado disposició­n a conversar y se muestren dispuestos a encontrar acuerdos, con el propósito de avanzar hacia un buen equilibrio en la relación con sus clientes.

No obstante, en este proceso de revisión de contratos y actuar del fiscalizad­or, se debe evitar el riesgo de oscilar hacia los extremos. De allí que las actuacione­s del Sernac deben enmarcarse estrictame­nte en su rol, sin caer en la tentación de medidas populistas que podrían aumentar el riesgo moral de los clientes bancarios, es decir, que la gente pierda todo el interés por su responsabi­lidad en el cuidado de sus productos financiero­s.

Es imprescind­ible continuar con el mensaje adecuado de que las personas deben adoptar un mínimo de resguardos, pues el primer responsabl­e de la seguridad es el propio usuario. Ese es un mensaje que no debe ser diluido en el actual debate público y que ha de estar a cargo de los bancos, pero también de las autoridade­s respectiva­s.

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