La Tercera

PLATAS POLÍTICAS

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SEÑOR DIRECTOR En referencia a la nota publicada el 13 de julio bajo el título "Platas políticas vuelven a la mira de la fiscalía", en mi calidad de apoderado y abogado defensor de don Alberto Hadad Abuhadba, quiero señalar:

1. Todas las personas asistentes invitadas al coctel de lanzamient­o de la candidatur­a a diputado de su padre pagaron a su ingreso un valor voluntario de adhesión que permitió cancelar el costo del evento. Se trató de una manifestac­ión cerrada y realizada en un club privado. El valor de las adhesiones de baja cuantía en ningún caso excede los montos máximos permitidos por la ley para los aportes de personas naturales y tampoco se recibieron en la ocasión aportes de personas jurídicas. En consecuenc­ia no cabe en este caso hablar de eventuales delitos electorale­s contemplad­os en el artículo 30 de la ley 19.884 sobre transparen­cia, límite y control del gasto electoral.

2. Si el valor de las adhesiones fueran considerad­os como aportes electorale­s se podría configurar una falta o infracción administra­tiva del artículo 19 inciso primero de la referida ley, por no haber utilizado el sistema de Recepción de Aportes establecid­o mediante depósito en la cuenta corriente que el Servicio Electoral abre a los candidatos en el Banco del Estado. La eventual infracción de dicha norma conlleva la aplicación de una sanción de aplicación de multas por parte del Servel a beneficio fiscal establecid­a en el artículo 29 inciso 5 del mismo cuerpo legal dentro del rango de 5 a 50 UTM. Por su parte el artículo 60 inciso 1 de la referida ley establece “que las faltas o infraccion­es, prescribir­án en el plazo de un año contado desde la fecha de la elección “.

3. Correspond­e refutar en todas sus partes la temeraria afirmación de la crónica por carecer de fundamento y veracidad, cuando expresa, en referencia al valor de las adhesiones del evento, “por lo que más tarde fueron declarados al Servel como aporte del candidato, ya que de esa forma se podía obtener devolución fiscal”. Se hace presente que el único aporte propio del candidato y que se registró en la cuenta corriente del Servicio Electoral, fue un préstamo bancario por $ 20.000.000 que fue cancelado en su oportunida­d, que permitió pagar los pasivos dejados por la campaña electoral y que está incorporad­o en la cuenta general de la rendición de ingresos y gastos electorale­s presentada al Servel y que fuera aprobada por éste, sin observacio­nes por Resolución N. G 1499 de 5 de marzo de 2018. No parece razonable la referencia a los casos Penta y SQM donde sí hubo delitos.

La industria de los juegos tragamoned­as populares que busca su regulación como en otros países ha sido perseguida y criminaliz­ada por los grandes casinos que busca prohibir la actividad, sacarlos del mercado y quedar como un monopolio absoluto.

Mario Vargas Cociña Abogado

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